REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL L.O.P.N.A EXTENSIÓN CORO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Ejecución Sección Penal Adolescentes
Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 24 de Enero de 2013
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2012-000057
ASUNTO : IP01-D-2012-000057
RESOLUCION IMPONIENDO LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA
En la oportunidad fijada para llevarse a efecto la Audiencia Oral en el presente asunto a los fines de celebrar audiencia de imposición de la sanción decretada los Jóvenes Adolescentes IDENTIDAD OMITIDA de la sanción que le fue impuesta en fecha 07-12-2011 por el Tribunal Primero del Municipio carirubana actuando en funciones de Control Sección Adolescentes de este estado Falcón; quienes fueron sancionados a cumplir con la medida UN (01 ) año de Libertad Asistida por estar incursos en la comisión del delito de Robo Agravado Previsto en el articulo 458 del Código Penal y sancionado en al ley Orgánica para la Protección del niño niña y adolescente en perjuicio del ciudadano Alberto Antonio Colina Seco
Ahora bien cuanto los adolescentes sancionados deben de conocer el Cómputo definitivo de la sanción a cumplir este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley les Impone los adolescentes. IDENTIDAD OMITIDA la sanción de Libertad Asistida por el lapso de un (01) año ; la cual tendrá como fecha de inicio el dia 18-07-12 y como fecha de culminación el 18-07-13, Así mismo en su oportunidad este despacho impone de la Sanción al Joven adolescente IDENTIDAD OMITIDA , la sanción de Libertad Asistida por el lapso de un (01) año ; la cual tendrá como fecha de inicio el dia 21-06-12 y como fecha de culminación el 21-06-13, informándoles a ambos que deben presentarse ante el IDENA, en el Departamento de Libertad Asistida a los fines de recibir la debida orientación social, psicológica, psiquiátrica. Remítase copia de la presente Resolución al IDENA al Departamento de Libertad Asistida. Cúmplase
La Jueza Titular de Ejecución
Sección Penal Adolescente
Abg. Enialina Ruiz O
El Secretario
Ramón Loaiza