REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL L.O.P.N.A EXTENSIÓN CORO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Ejecución Sección Penal Adolescentes
Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 30 de Enero de 2013
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2012-000059
ASUNTO : IP01-D-2012-000059
RESOLUCION IMPONIENDO LA MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTAS
En la oportunidad fijada para llevarse a efecto la Audiencia Oral en el presente asunto a los fines de celebrar audiencia de imposición de la sanción decretada los Jóvenes Adolescentes IDENTIDAD OMITIDA , de la sanción que le fuese impuesta en fecha 02-12-201 por el Tribunal Primero del Municipio carirubana actuando en funciones de Control Sección Adolescentes de este estado Falcón; quienes fueron sancionados a cumplir con la medida Seis mese de Reglas de Conducta Por estar incurso en la comisión del delito Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto en el artículo 153 de la ley Orgánica de Drogas y sancionado en el articulo 624 de la ley Orgánica para la Protección del niño niña y adolescente y perjuicio del Estado Venezolano
Ahora bien cuanto los adolescentes sancionados deben de conocer el Cómputo definitivo de la sanción a cumplir este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley les Impone los adolescentes. IDENTIDAD OMITIDA , Sanción de Seis Meses de Reglas de Conducta de conformidad con el articulo 624 de la ley Orgánica para la Protección del niño niña y adolescente, la cual tendrá como fecha de Inicio el dia 02 de Julio del 2012 y termina el dos de Enero del 2013. Así mismo en su oportunidad este despacho impone de la Sanción al Joven adolescente IDENTIDAD OMITIDA , la Sanción de Seis Meses de Reglas de Conducta de conformidad con el articulo 624 de la ley Orgánica para la Protección del niño niña y adolescente, la cual tendrá como fecha de Inicio el dia 26 de Septiembre del 2012 y termina en fecha 26 de marzo del 2013.
Igualmente Observa este despacho que a la Presente fecha ambos adolescentes han incumplido con la Primera condición de las Reglas de conducta por lo que ordena Fijar audiencia de verificación de la Sanción Ya impuesta a los Jóvenes Adolescentes Para el dia 13 de Marzo del 2013 a las 09 de la mañana a fin de constatar el cumplimiento de la misma en consecuencia Notifíquese a las partes de la Presente Resolución y de la fijación de la audiencia de verificación de sanción, regístrese Publíquese cúmplase
La Jueza Titular de Ejecución
Sección Penal Adolescente
Abg. Enialina Ruiz O
El Secretario
Ramón Loaiza