REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUNTO FIJO.

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.-
Punto Fijo, 10 de Enero del 2013
Años: 202º y 153º
Vista la anterior demanda, presentada por la ciudadana Ángela francisca Wolff Arnaez, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 9.511.432, domiciliada en esta ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, y con domicilio procesal a los efectos de la ley en la Avenida 3, Casa Nº 13-27, Urbanización Zarabon, Comunidad Cardón, Parroquia Punta Cardón, Municipio Carirubana del Estado Falcón, debidamente asistida en este acto por el Abogado José Rafael Yagua Gómez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 5.317.860, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 26.356, en contra de la empresa “Transporte Nacional del Gas C.A,” (TRANSNAGAS) o Fleteros del Gas C.A, en la persona de su Vice-Presidente Regulo Antonio Suárez, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-1.142.169, domiciliado en San Felipe, Estado Yaracuy; del ciudadano Carlos Eligio Rodríguez Duran, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-7.311.467, domiciliado en Yaritagua, Urbanización “MARIA”, casa Nro. 10 del Estado Yaracuy, y de la Empresa Aseguradora “SEGUROS CATATUMBO” C.A, en la persona del ciudadano ERNESTO PINEDA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, por DAÑOS MATERIALES Y DAÑOS MORALES, causados por Accidente de Transito. El tribunal le da entrada junto con sus anexos, ordena formar expediente y hacer las anotaciones en los libros respectivos.
Del análisis efectuado al escrito de la demanda y sus anexos, se evidencia que el actor estimó la demanda en la cantidad de TREINTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE BOLIVARES CON NOVENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 33.139,91), equivalente a TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO CON VEINTE Y DOS, Unidades Tributarias (368,22 U.T), monto inferior al atribuido a este Juzgado, para conocer de las causas, cuyo monto es a partir de la cantidad de TRES MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (3.000 U.T). En virtud de ello, este Tribunal, impartiendo justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley, declina la competencia por la cuantía ante el Juzgado (Distribuidor) del Municipio Carirubana de esta Circunscripción Judicial, a quién se le remitirá con oficio la totalidad del presente expediente en su oportunidad respectiva.-
El Juez Titular,
Abg. Camilo Hurtado Lores.-
La Secretaria Titular
Abg. Maraly Marín López.-
CHL/mq