REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control
Punto Fijo, 23 de Enero de 2013
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2009-000224
ASUNTO : IP11-P-2009-000224

AUTO ACORDANDO REMISION A TRIBUNAL DE EJECUCION


En el día de hoy 31 de Mayo, siendo las 10:55 de la mañana hora fijada por este Tribunal Segundo de Control, para dar inicio a la Audiencia Preliminar fijada por este Tribunal en virtud de la Acusación presentada por la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Publico. De seguidas la Ciudadana secretaria a solicitud de la juez del Tribunal procedió a verificar la presencia de las partes, estando presente la Fiscal 6to auxiliar del Ministerio Público, ABG. DILIA GUTIÉRREZ, el imputado JOSE LUIS GALANTON CHIRINOS los Defensores Privados, ABG. SAMUEL MEDINA Y LUIS MARTINEZ. Seguidamente el ciudadano Juez explica la naturaleza del Acto y concede la palabra a la representante del Ministerio Público, quien efectuó una breve exposición de sus escrito acusatorio e indico que existen suficientes elementos en las Actas que conforman el asunto, para considerar que el ciudadano, es autor o participes del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES INNOBLES, delito esto previsto y sancionado en el artículo 406 1° del Código Penal, en perjuicio de GABRIEL JOSE BUSTILLO, la representante del Ministerio Público solicito se admitan todas las pruebas ofrecidas por ante ese Despacho Fiscal, por ser legales, útiles, necesarias y pertinentes.
DISPOSITIVA

De Seguidas este Tribunal oídas las exposiciones de las partes y analizadas las actuaciones que acompañan a la solicitud Fiscal, PRIMERO: este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ADMITE, totalmente la acusación interpuesta por el Ministerio Público seguido contra del ciudadano JOSE LUIS GALANTON CHIRINOS por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES INNOBLES, delito esto previsto y sancionado en el artículo 406 1° del Código Penal, en perjuicio de GABRIEL JOSE BUSTILLO, por cuanto a criterio de quien aquí decide, el mencionado escrito acusatorio cumple con todos los requisitos establecidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: admitida la acusación fiscal, y la totalidad de las pruebas, el tribunal le impone al acusado de los Medios Alternativos a la prosecución del proceso penal, previstas en el Código Orgánico Procesal Penal, SEA REMITIDO AL TRIBUNAL DE EJECUCIÓN. Notifíquese a las partes.
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

ABG. ARNALDO OSORIO PETIT


LA SECRETARIA

ABG. GLORIANA MORENO