REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, DEL TRABAJO Y DE MENORES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON. SANTA ANA DE CORO, 15 DE FEBRERO DE 2013. AÑOS 202 Y 153.
Visto el anuncio de recurso de casación interpuesto por la abogada Tatiana del Valle Piña Sánchez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 101.839, en su carácter de Defensora Pública Primera en Materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y para la Defensa del Derecho y la Vivienda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón y Zulia, actuando en defensa de los derechos e intereses de la parte demandada, contra la sentencia N° 022-F-5-2-13, de fecha 5 de febrero de 2013, dictada por este Tribunal, mediante la cual se declaró con lugar la apelación ejercida por el abogado WILLIAM LUGO YAMARTE, actuando en su propio nombre y representación con motivo del juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, que incoara en contra de la ciudadana ELIZABETH MÉNDEZ SÁNCHEZ; este Tribunal para resolver sobre su admisibilidad observa que la demanda fue admitida el día 6 de mayo de 2010, y estimada en la cantidad (5.000,00 Bs.), y por cuanto la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, fija la cuantía para el recurso de casación, en 3.000 Unidades Tributarias, siendo que para la fecha de la admisión de la demanda la unidad tributaria era de sesenta y cinco bolívares (65,00 Bs.) lo que equivale a setenta y seis coma noventa y dos unidades tributarias (76,92 U.T.) inferior al valor fijado en la mencionada Ley, en consecuencia, este Tribunal declara INADMISIBLE el anuncio del Recurso de Casación. Déjese transcurrir el lapso previsto en el artículo 316 del Código de Procedimiento Civil. Diarícese.
LA JUEZA TEMPORAL,
(Fdo.)
ABOG. ANAID HERNÁNDEZ ZAVALA.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
(Fdo.)
ABOG. YELIXA TORRES BRIZUELA.
AHZ/YTB/pcm.
Exp Nº 5394.