REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 15 DE FEBRERO DEL 2.013.
AÑOS: 202º Y 153º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: YULIMAR BEATRIZ BERRA DE MIJARES, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.481.496, venezolana, mayor de edad, estado civil casada, civilmente hábil, domiciliada en el Sector El Tural, Parroquia Mapararí, Municipio Federación, Estado Falcón, asistida en este acto por la Abogada en ejercicio ROCIO MILAGRO CASTILLO, debidamente Inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 171213, titular de la cédula de identidad N° V- 20.213.289, con domicilio procesal en la Calle Municipal entre San Rafael y San Antonio, Sector La Planta, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: YULIMAR BEATRIZ BERRA DE MIJARES, sobre: unas bienhechurias que consiste en una casa de habitación familiar, que poseen las siguientes características. Está construida con bahareque, piso de cemento, techo de zinc, Dos (02) puertas de lámina de metal, Tres (03) ventanas de madera, Un (01) cuarto, Un (01) baño, Una (01) sala, Una (01) cocina y Un (01) porche, cuya área de construcción es de SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON DIECISEIS CENTÍMETROS CUADRADOS (67,16 M2), enclavada en una extensión mayor de Terreno Municipal de MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS (1.951,50M2). Ubicada en el Sector El Tural, parroquia Mapararí, Municipio Federación, Estado Falcón, cuyos linderos generales son los siguientes:
NORTE: Con Propiedad de Rodolfo Torbello.
SUR: Con Callejón.
ESTE: Con Propiedades de Manuel Suárez y Leydi Barrientos.
OESTE: Con Propiedad de Albertina Carrasco.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (20.000,00. BS.)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los QUINCE (15) DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL DOS MIL TRECE. (15-02-2.013) AÑOS: 202° Y 153°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
EL SECRETARIO SUPLENTE.
ABOG. JESUS TORRES.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
EL SECRETARIO SUPLENTE.
ABOG. JESUS TORRES.