REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 27 DE FEBRERO DEL 2.013.
AÑOS: 202º Y 154º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: LIGIA YENNARELYS EREU VARGAS, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 24.561.028, venezolana, mayor de edad, soltera, de Ocupación Comerciante, domiciliada en el sector El Pacheco de la Población de Santa Cruz de Bucaral, Parroquia Santa Cruz, Municipio Unión, Estado Falcón, asistida en este acto por el Ciudadano: ANIBAL JOSE LOPEZ ADJUNTA, Abogado en ejercicio Inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº V-174.186, titular de la cédula de identidad N° V-12.459.937, con domicilio procesal en Mapararí, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: LIGIA YENNARELYS EREU VARGAS, sobre: una bienhechurias constantes de una Casa de Habitación Familiar totalmente construidas las paredes y divisiones de bloques y que consta de; Tres (03) Cuartos, Un (01) baño, Una (01) Sala, Una (01) Cocina, Un (01) Porche, Piso de Cemento pulido y techo de Acerolit; Construidas a mi solas expensas y con dinero de mi propio peculio. Las bienhechurias ocupan una superficie de CIENTO VEINTIOCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTIMETROS CUADRADOS (128,70 M2), de Construcción, enclavadas en un área de terrenos Municipales constantes de; CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, CON SESENTA CENTIMETROS CUADRADOS (499,60 M2) ubicados en la Vía “El Corozal” del sector El Pacheco, de la Población de Santa Cruz de Bucaral, Parroquia Santa Cruz, Municipio Unión, Estado Falcón, cuyos linderos son los siguientes:
NORTE: Con Vía “El Corozal”.
SUR: Con Propiedad de Pedro Escobar.
ESTE: Con Propiedad de Marcos Schotborgh.
OESTE: Con Propiedad de Dennis Ereú.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES FUERTES (100.000. Bsf), La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los VEINTISIETE (27) DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL DOS MIL TRECE. (27-02-2.013) AÑOS: 202° Y 154°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
EL SECRETARIO SUPLENTE.-
ABOG. JESUS TORRES.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
EL SECRETARIO SUPLENTE.-
ABOG. JESUS TORRES.-