REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN Y RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO
Vista diligencia presentada en fecha 01 de Julio de 2013, por los Abogados PEDRO DAVID SALAS, GUSTAVO ADOLFO PARRA y GERMAN SOCORRO, respectivamente inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 168.177, 178.889 y 178.887, en su carácter de apoderados judicial de la parte demandante, mediante la cual consigna copias certificadas de sentencia definitivamente firme emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de esta Circunscripción Judicial de fecha 21 de Mayo del año que discurre en la cual se tiene por apoderado judicial al abogado Teodoro Caballero debidamente inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 47166 de la Sociedad Mercantil VENEZUELAN SHIPMANINNG, S. A, a pesar del carácter con que solicito copias simples en el asunto tal y como efectivamente ocurrió en el presente asunto en consecuencia este tribunal siguiendo criterio de la Superioridad de esta Circunscripción Judicial del trabajo tiene por notificado al referido abogado por cuanto la diligencia presentada por el mismo, fue el pasado 07 de Febrero del presente año es decir en la misma fecha y en los mismos términos explanados en la diligencia del asunto; tal y como lo señala textualmente en la motiva de la referida sentencia ya identificada nuestro tribunal de Alzada;
En consecuencia, considerando que el abogado Teodoro Caballero es apoderado judicial de la Sociedad Mercantil VENEZUELAN SHIPMANINNG, S. A. y siendo que solicitó por ante el Tribunal que lleva la causa en Primera Instancia, copias simples de las actuaciones realizadas, es por lo que se declara CON LUGAR la apelación presentada por la representación judicial de la parte demandante y se tiene por notificada a la Sociedad Mercantil VENEZUELAN SHIPMANINNG, S. A. Y así se decide. Cursiva y subrayado de este tribunal.