REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 22 DE JULIO DEL 2.013.-
AÑOS: 203º Y 154º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: BIBIANA ANTONIA LEAL AGUILAR, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.099.633, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en el Sector la Plaza de la Parroquia Maparari, Municipio Federación del Estado Falcón, asistida en este acto por el abogado en ejercicio JUAN CARLOS ANTEQUERA, portador de la Cedula de Identidad N° V-12.182.516, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 154349, con domicilio procesal en la Calle Páez N° 34, de la Población de Churuguara Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: BIBIANA ANTONIA LEAL AGUILAR, sobre: Una bienhechuria constante de Una (01) casa de bahareque, piso cemento, techo zinc, Tres (03) habitaciones, cocina, comedor, Una (01) sala, Un (01) cuarto, Dos (02) puertas de metal, Dos (02) ventanas de metal, con un área de construcción que mide TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS (32 M2), en una superficie de terrenos Municipales que mide: TRECIENTOS CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS (353 M2), se encuentra ubicado en el Sector la Plaza de la Parroquia Maparari, Municipio Federación del Estado Falcón. Y tiene los siguientes linderos:
NORTE: Con Carolina Romay.
SUR: Con Ventura Cordero.
ESTE: Con Carolina Romay.
OESTE: Con Carretera Vía el Docore.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (5.000, BS).
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los VEINTIDOS (22) DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL TRECE. (22-07-2.013) AÑOS: 203° Y 154°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.-