REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 22/05/2013 se dicta auto dandole entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, constante de 01 folio útil, remitido con Oficio Nº 2510-299, de fecha 20/05/2013, relacionado con el Expediente Nº 2.725-13, librado en el Juicio de COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), intentado por la ciudadana BLANCA Z. MORENO DE HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.326.736, actuando con el carácter de Endosatario en Procuración de una letra de cambio, en el que se Decretó MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre Bien Muebles propiedad de la Parte Demandada de autos. Para su fiel y estricto cumplimiento; se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 23/07/2013 se dicta auto mediante el cual por cuanto Por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido treinta (30) días hábiles de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente Despacho, contándose desde el auto de entrada de fecha 22/05/2013, y como quiera que durante ese tiempo no fue movilizado por la parte interesada; en consecuencia, se ordena su remisión en el estado en que se encuentra, al Tribunal de Origen.
En la misma fecha se libro oficio Nro. 203/2013 remitiendola al tribunal comitente, cosntante de 4 folios utiles sin cumplir por falta de impulso procesal.