REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, doce de julio de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: IP31-J-2013-000622
Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de este Circuito Judicial, verifíquense los registros, acéptese y désele entrada.
Revisada la presente solicitud de AUTORIZACIÓN PARA COBRO POR INDEMNIZACIÓN POR MUERTE y los recaudos que la acompañan, presentada por la ciudadana la ciudadana MYRIAM ESPERANZA VILLANUEVA DE GUERRERO, titular de la cedula de identidad Nº V-11.020.567, debidamente asistida por la ciudadana abogada Marisela, Díaz Navas, inscrita en el IPSA bajo el Nº 154.293, en beneficio del niño (se omite nombre, a tenor de lo establecido en el art. 65 de la LOPNNA), de siete (07) años de edad.
En consecuencia, este Despacho Judicial de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la ADMITE.
Refiere el escrito libelar presentado ante este Tribunal, que el niño (se omite nombre, a tenor de lo establecido en el art. 65 de la LOPNNA), es hijo de los ciudadanos MYRIAM ESPERANZA VILLANUEVA DE GUERRERO y JULIO CESAR GARCÍA PETIT, éste ultimo fallecido en fecha 19 de Agosto de 2.012, como evidencia el Acta de Defunción, y que para la fecha del fallecimiento el padre del niño antes mencionado, ciudadano: JULIO CESAR GARCÍA PETIT, titular de la cédula de identidad Nº V-9.582.940,laboraba en la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “FRANCISCO DE MIRANDA” (UNEFM), es por lo que solicita AUTORIZACIÓN de este Tribunal Segundo, para que en nombre del niño JULIO ANDRÉS GARCÍA VILLANUEVA, de siete (07) años de edad, lo represente en el cobro de los beneficios que le corresponden, ante la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “FRANCISCO DE MIRANDA” (UNEFM), específicamente ante el FONDO MUTUAL DE LA UNEFM, en el cual existen beneficios a favor del niño, antes mencionado, en virtud de la muerte del de cujus, JULIO CESAR GARCÍA PETIT, titular de la cédula de identidad Nº V-9.582.940.
PARTE DISPOSITIVA
Vistos todos los documentos públicos producidos con los que se consideran los extremos legales de la Ley, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con Sede en Punto Fijo, Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA, suficientemente la ciudadana MYRIAM ESPERANZA VILLANUEVA DE GUERRERO, titular de la cedula de identidad Nº V-11.020.567, madre del niño (se omite nombre, a tenor de lo establecido en el art. 65 de la LOPNNA), para que en nombre de éste, lo represente en el cobro de los beneficios del cual es beneficiario, ante la ante la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “FRANCISCO DE MIRANDA” específicamente ante el FONDO MUTUAL DE DICHA UNIVERSIDAD, en el que existen beneficios a favor del niño, antes identificado, en virtud de la muerte del de cujus ciudadano: JULIO CESAR GARCÍA PETIT, titular de la cédula de identidad Nº V-9.582.940, fallecido en fecha 19 de Agosto de 2012.
Advirtiéndole a las oficinas pagadoras que la cuota-parte de los niños, deberán ser remitidas al Tribunal, en cheque de gerencia a nuestro favor en su oportunidad, y posteriormente se proveerá lo conducente en beneficio de los mismos.
Expídase por Secretaria, Copia Certificada de ésta AUTORIZACIÓN y entréguese a la parte interesada para que surta los efectos que persigue.
Regístrese y Publíquese.
Dado, firmado y sellado, en el despacho de la Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, a los doce (12) día del mes de Julio del año dos mil Trece (2013).

ABG. NATCARLY ISABEL BARROSO ACACIO.
Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón,
Extensión Punto Fijo
La Secretaria Temporal;
ABG. MARIANA WEFFER