REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control
Punto Fijo, 29 de Julio de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2013-008756
ASUNTO : IP11-P-2013-008756

AUTO DECLARANDO SIN LUGAR SOLICITUD DE LA DEFENSA PRIVADA
Por cuanto se ha recibido de Abg. Henry Delgado, en su carácter de defensor privado del ciudadano: Ángel Pulgar, el escrito donde solicita la libertad por cuanto han trascurridos 45 días y la fiscalia no presento acto conclusivo. Es por lo que éste Tribunal Primero de Control acuerda darle entrada al escrito de solicitud y lo tiene a la vista para proveer por el ciudadano juez.
En la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Punto Fijo en la fecha de hoy 23 de julio de 2013 siendo las 2:59 PM, se recibe de la abg. Dilia Gutiérrez fiscal provisoria de la fiscalia sexta del ministerio público escrito constante de 15 folios contentivo de Escrito Acusatorio seguido en el presente asunto, anexa 62 folios útiles.
Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve; PRIMERO: SE DECLARAR SIN LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSA PRIVADA; EN CUANTO AL SOBRESEIMIENTO, ARCHIVO FISCAL, O ALGUNA MEDIDA CAUTELAR, EN VIRTUD DE QUE LA FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO CONSIGNO EN EL LAPSO DE LOS 45 DIAS EL ESCRITO ACUSATORIO. Segundo: notifíquese a las partes:
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. ARNALDO OSORIO PETIT
ABG. GREGORY COELLO
EL SECRETARIO