REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control
Punto Fijo, 30 de Julio de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2013-009651
ASUNTO : IP11-P-2013-009651

AUTO ORDENANDO INCAUTACION

Visto el escrito presentado por la ABG. GRISETTE VIVIEN GARCES, actuando con el carácter de FISCAL PROVISORIA DE LA FISCALÍA TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, mediante el cual solita de conformidad con lo establecido en el artículo 204 del Código Orgánico Procesal Penal (ahora artículo 190) la incautación de Libros de Actas, Talonarios de Recibos, Planillas o Registros de Socios o cualquier otro documento correspondientes a la Asociación Civil Proviviendas Cristo Rey de Judibana, la cual se encuentra ubicada en la Avenida Principal de Judibana, Centro Comercial Jardín, Local 1, Judibana, Municipio Los Taques del Estado Falcón, en virtud que cursa por ante este Despacho Fiscal Investigación Penal signada con la nomenclatura MP-100.839-13, en la cual figura como victima el ciudadano ALEXIS ELADIO ROMERO ALONSO y como investigado LA ASOCIACIÓN CIVIL PROVIVIENDAS CRISTO REY DE JUDIBANA, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, y que en dicha incautación se encontrara presente esa Representante Fiscal así como también funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-Delegación Punto Fijo.
A tal efecto el Tribunal observa que la presente solicitud cumple con todos los requisitos exigidos por la ley para emitirla de conformidad con lo establecido en los artículos 190 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en la autoridad o funcionarios que practicarán el procedimiento, el señalamiento del lugar, y el motivo preciso de la incautación, lo cual hace procedente decretar la orden de Incautación solicitada por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de La Circunscripción Judicial del Estado Falcón.-
DISPOSITIVA
Acreditado como se encuentran los requisitos procesales adjetivos señalados en el precitado artículo 190, 196 y 197 del Código Orgánico Procesal Penal y sobre lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Tercero de Control, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, acuerda: ORDEN DE INCAUTACION de Libros de Actas, Talonarios de Recibos, Planillas o Registros de Socios o cualquier otro documento correspondientes a la Asociación Civil Proviviendas Cristo Rey de Judibana, la cual se encuentra ubicada en la Avenida Principal de Judibana, Centro Comercial Jardín, Local 1, Judibana, Municipio Los Taques del Estado Falcón, en virtud de la solicitud presentada por la Fiscal Sexta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, por cuanto cursa por ante este Despacho Fiscal Investigación Penal signada con la nomenclatura MP-100.839-13, en la cual figura como victima el ciudadano ALEXIS ELADIO ROMERO ALONSO y como investigado LA ASOCIACIÓN CIVIL PROVIVIENDAS CRISTO REY DE JUDIBANA, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, asimismo en dicha incautación se encontrará presente la Representante Fiscal, así como también funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-Delegación Punto Fijo.
La presente orden se expide en Punto Fijo a los treinta (30) días del mes de julio del año Dos mil Trece (2013), a las 05:00 horas de la tarde, teniendo una duración máxima de Setenta y Dos (72) horas. Líbrese la Correspondiente Orden de Incautación. Líbrese el correspondiente Oficio a la Fiscalía Sexta Del Ministerio Público de La Circunscripción Judicial del Estado Falcón, remitiendo la presente orden Cúmplase.-


La Juez Tercero de Control
Abg. Yraima Paz de Rubio
La Secretaria
Abg. Lucibel Lugo