REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 18 DE JUNIO DEL 2.013.
AÑOS: 203º Y 154º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: JOHAN MANUEL AVILA, Civilmente Hábil y Titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.351.350, venezolano, mayor de edad, soltero, de Oficio Comerciante, domiciliado en la Calle Principal del Sector La Costilla, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, asistido en este acto por el Ciudadano: JESUS L. CHIRINOS RIVERO, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 178.781, Titular de la Cedula de Identidad N° 6.564.672, con domicilio procesal en Mapararí, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: JOHAN MANUEL AVILA, sobre: La construcción del mencionado e identificado inmueble consta de Una (01) casa de paredes de Bloques, Dos (02) Cuartos, Una (01) Sala-comedor, Un (01) baño, Techo de zinc y piso de cemento Pulido, al Frente un muro de Bloques con cabillas de media pulgada, posee una cerca perimetral de malla truxon, posee además árboles frutales. Dicha bienhechurias ocupan una superficie de TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (34 M2) de construcción, enclavadas en un área de terrenos Municipales de DOSCIENTOS SESENTA Y UN METROS CUADRADOS (261 M2), se encuentra ubicado en la Calle Principal del Sector La Costilla, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, cuyos linderos son los siguientes:
NORTE: Con Propiedad de Rubén Cordero.
SUR: Con Vía Agua Salada.
ESTE: Con Propiedad de Elena López.
OESTE: Con Callejón Interno.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de OCHENTA MIL BOLÍVARES FUERTES (80.000, BsF).
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los DIECIOCHO (18) DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL DOS MIL TRECE. (18 -06-2.013) AÑOS: 203° Y 154°.
EL JUEZ.-

ABOG. SIMON RAMIREZ D.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. KARINA ARCAYA.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

LA SECRETARIA.-
ABOG. KARINA ARCAYA.-