REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 26 DE JUNIO DE 2.013.
AÑOS: 203º Y 154º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: NELLY MARIA CHIRINOS RODRIGUEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.524.893, venezolana, mayor de edad, soltera, de ocupación comerciante, domiciliada en el Sector Colinas de Churuguara, Calle N° 1, casa s/n, de la Parroquia Churuguara, Municipio Federación, Estado Falcón, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio: EDWARD OLLARVEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.475.235, inscrito en el I.P.S.A bajo el número Nº 181.847, con domicilio procesal en la Urbanización Santa Lucia I, Casa N° 138 de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón. Visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: NELLY MARIA CHIRINOS RODRIGUEZ, sobre: Unas bienhechurias, constituida por una casa de bloque sin frisar, techo de zinc, piso de concreto, un (01) cuarto con ventana de hierro, una (01) cocina, un (01) baño, cerca de alambre púa y estantillos de madera, ubicada en el Sector Colinas de Churuguara, Calle N° 1, casa s/n, de la Parroquia Churuguara, Municipio Federación, Estado Falcón, dicha bienhechurias tienen un área de construcción de VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (24 Mts2) y consta de una planta distribuida de la siguiente manera: una (01) cocina, un (01) cuarto y un (01) baño contando esta con los servicios de agua y luz, enclavada en una parcela de Terreno Municipal con área de CIENTO OCHENTA METROS CUADRADOS (180Mts2), bajo los siguientes linderos:
NORTE: Con Julia Pineda.
SUR: Con Doaxys Quero.
ESTE: Calle N° 01.
OESTE: Con Deyanira Gómez.
La mencionada Bienhechuria tiene un costo de TREINTA MIL BOLIVARES (30.000 BS). La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los VEINTISEIS (26) DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL TRECE. (26-06-2.013) AÑOS: 203° Y 154°.
EL JUEZ.
ABOG. SIMON RAMIREZ.
LA SECRETARIA TITULAR.
ABOG. KARINA ARCAYA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA TITULAR.
ABOG. KARINA ARCAYA.