REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ACOSTA, SAN FRANCISCO, JACURA Y CACIQUE MANAURE
…PÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ACOSTA, SAN FRANCISCO, JACURA Y CACIQUE MANAURE, CON COMPETENCIA EN LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA (SERVICIOS PÚBLICOS) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Yaracal, seis de junio de dos mil trece.-----------------------------------------------
Años: 203° y 154°
Por recibido escrito que antecede, contentivo de solicitud de Separación de Cuerpos por mutuo acuerdo, désele entrada, anótese en el libro respectivo y fórmese expediente. Por cuanto el día de hoy comparecen por ante este Tribunal los solicitantes, ciudadanos RONNY ALBERTO RIVERO PÉREZ y YACELIS MARÍA MONTERO RIVERO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad números V-18.345.890 y V-16.802.088, domiciliados el primero de los nombrados en el sector El Guay y la segunda, en el sector El Caidy, ambos en el Municipio San Francisco del Estado Falcón, asistidos en este acto por la ciudadana CARMEN RAQUEL RODRÍGUEZ, INPREABOGADO Nº 189.622, domiciliada en la calle Principal de San José del Cube, Mirimire, Municipio San Francisco del Estado Falcón; se dio lectura en alta voz al escrito presentado en esta misma fecha, a cuyo término los cónyuges manifestaron estar de acuerdo con su contenido. A continuación el ciudadano Juez instó a los cónyuges a reconciliarse, manifestando los mismos no estar dispuestos a ello, por lo que el Tribunal los declara SOLEMNEMENTE SEPARADOS DE CUERPOS. De conformidad con lo establecido en el artículo 196 del Código Civil, se ordena la notificación al ciudadano Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, para que tenga conocimiento del presente asunto. Expídanse por Secretaria, tres (3) copias fotostáticas certificadas de la solicitud y del presente auto. Cúmplase.-----------------------------------------------------
El Juez Provisorio,
Abg. ALVARO LUÍS WELMANS GONZÁLEZ
Los Cónyuges,
ALBERTO RIVERO PÉREZ
YACELIS MARÍA MONTERO RIVERO
Abogada Asistente,
CARMEN RAQUEL RODRÍGUEZ
La Secretaria,
Abg. ANA M0NTERO ARTEAGA
NOTA: En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 227-2013. Se libró Boleta de Notificación y se expidieron copias fotostáticas certificadas. Conste.--------------------------------------------------
Secretaría,