Visto la diligencia de fecha 12 de junio de 2013 presentada por el abogado PEDRO CHIRINOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 37.639 apoderado judicial de la parte demandada en la cual expone que por ante la Inspectoria de Trabajo se realizo un pago voluntario en fase de ejecución por la cantidad total de UN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UN BOLIVARES CON TREINTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 1.931,39), en la cual la parte demandada HAFRAN SERVICIOS MULTIPLES C.A. le hizo entrega a la parte demandante ciudadano FRANKLIN RAMON GUTIERREZ GUTIERREZ, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.752.221, de un cheque de gerencia Nº 72601632, contra el Banco Nacional de Crédito, de fecha 08 de noviembre de 2011, por la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLIVARES CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 1.485,69) por concepto de cobro de prestaciones sociales; igualmente le hizo entrega a la Procuradora de Trabajadores abogada ABILIALICIA PEÑA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 101.118, de un cheque de gerencia Nº 59601628 por la cantidad de CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO BOLIVARES CON SETENTA CENTIMOS (Bs. 445.70) a nombre del Tesoro Nacional de fecha 08 de noviembre de 2011, por conceptos de costas procesales. Todo ello a fin de dar cumplimiento a la sentencia emitida por el Tribunal Superior del Trabajo tal como consta en acta administrativa que consignó y que riela en el folio 87 de la presente causa. Así mismo consta en la transacción la manifestación de conformidad con el pago libre de apremio y coacción realizado de la parte actora y por la procuradora de trabajadores