REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 01 DE MARZO DEL 2.013.
AÑOS: 202º Y 154º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: ELIZABETH DEL CARMEN CHIRINOS, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 21.448.772, venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, domiciliada en la calle S/N, Sector 9 de Octubre, parroquia Churuguara, Municipio Federación, Estado Falcón, asistida en este acto por la Abogada en ejercicio ROCIO MILAGRO CASTILLO COLINA, debidamente Inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 171213, titular de la cédula de identidad N° V- 20.213.289, domiciliada en Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: ELIZABETH DEL CARMEN CHIRINOS, sobre: una bienhechuria constante de una casa de habitación familiar, que posee las siguientes características. Está construida de bahareque, techo de zinc, piso de cemento, dos (02) habitaciones, sala, comedor y cocina, un (01) baño, puertas y ventanas de madera. Dicha construcción tiene un área de: CINCUENTA METROS CUADRADOS (50 M2) Enclavados en una superficie mayor de Terreno Municipal de CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS ( (120 M2), dicho terreno está cercado completamente con alambre de púas, Ubicada en la calle S/N, Sector 9 de Octubre, parroquia Churuguara, Municipio Federación, Estado Falcón, siendo sus linderos generales los siguientes:
NORTE: Con Propiedad de Eneyda Morillo.
SUR: Con Propiedad de Maria Isabel Acosta.
ESTE: Con Propiedad de Maria T Flores.
OESTE: Con Calle S/N.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (10.000,00. BS.)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara al PRIMER (01) DÍAS DEL MES DE MARZO DEL DOS MIL TRECE. (01-03-2.013) AÑOS: 202° Y 154°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
EL SECRETARIO SUPLENTE.
ABOG. JESUS ENRIQUE TORRES.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
EL SECRETARIO SUPLENTE.
ABOG. JESUS ENRIQUE TORRES.