REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
Santa Ana de Coro, 26 de Marzo del 2013
202º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: IP01-S-2012-002287
Vistas las actuaciones que conforman el presente asunto, así como el escrito anexo a la misma, mediante el cual la Abogada NORAIDA ISABEL GARCIA DE SANTOS, actuando en su carácter de Fiscal Vigésima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en la Ciudad de Santa Ana de Coro, solicita el sobreseimiento de la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, donde aparece como Imputado el ciudadano: PEDRO ANTONIO AREVALO, por el motivo de la comisión del delito de: AMENAZA previsto y sancionado en el Artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, en perjuicio de la Ciudadana MARILI JOSEFINA ALONZO CASTILLO.
Luego del análisis de las actas que integran la presente causa se observa que el Ministerio Público considera que desde la fecha: 10-02-2009 que inició la presente investigación hasta la presente fecha, ha transcurrido tiempo suficiente para que opere la prescripción, por tanto considera injustificable mantener la investigación de manera indefinida, razón por la cual solicita el Representante de la Vindicta Pública el sobreseimiento de la causa de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal; Considera ésta Juzgadora que es procedente lo solicitado por el Ministerio Público en cuanto al sobreseimiento de la causa, de conformidad con el articulo 300 en su ordinal 3° del Código orgánico Procesal Penal; igualmente se estimó que no fue necesario convocar a las partes a una audiencia oral para debatir los fundamentos de la petición fiscal.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuestos, que este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY DECLARA: EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL Y EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA N° IP01-S-2012-002287, seguida al ciudadano: PEDRO ANTONIO AREVALO, por el motivo de la comisión del delito de AMENAZA previsto y sancionado en el Artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana JOSEFINA ALONZO CASTILLO, por operar la causal establecida en el artículo 300 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase la causa al Archivo Judicial. Cúmplase.
LA JUEZA
ABG. KARINA GONZALEZ MONTENEGRO
EL SECRETARIO
ABG. ARGENIS MONTERO LOAIZA
ASUNTO PRINCIPAL: IP01-S-2012-002287
RESOLUCIÓN N° PJ0432013000093
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