REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; 14 de MAYO de 2013
Años: 203º y 154º
Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 081-2013, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por los ciudadanos: EDGAR JOSE PALENCIA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NRO. 14.028.284, ACTUANDO EN ESTE ACTO EN SU PROPIO NOMBRE Y EN REPRESENTACIÓN DE LOS CIUDADANOS CARLOS JOSE PALENCIA, GERALDO JOSE PALENCIA, DANIEL JOSE PALENCIA Y GLORIELYS VIRGINIA PALENCIA, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. 9.925.605, 9.925.604, 10.708.738, Y 13.417.004, DOMICILIADOS EN ESTA CIUDAD DE SANTA ANA DE CORO, MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO FALCON, SEGÚN PODER NOTARIADO POR ANTE LA NOTARIA DE LOS MUNICIPIOS ZAMORA, PIRITU Y TOCOPERO DEL ESTADO FALCON, EL CUAL QUEDO ANOTADO BAJO EL NRO. 10, TOMO XIV, DE FECHA 30 DE ABRIL DE 2013, ASISTIDO POR EL ABOGADO EN EJERCICIO JANET GREGORIA SANCHEZ ROMERO, INPREABOGADO NRO. 74.827. En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y demás documentos que se acompañan a la presente solicitud, este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que el (la) ciudadano (a) CARMEN ROSA PALENCIA, MAYOR DE EDAD, DOMICILIADA EN LA CALLE BRION, CON CALLE PORVENIR, CASA NRO. 22, MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO FALCON, falleció Ab-intestato en fecha: 11 DE ABRIL DE 2013, según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 27, por la COMISION DE REGISTRO CIVIL ELECTORAL del Municipio Miranda del Estado Falcón, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS: en su condición de HIJOS a los ciudadanos (as) EDGAR JOSE PALENCIA, CARLOS JOSE PALENCIA, GERALDO JOSE PALENCIA, DANIEL JOSE PALENCIA Y GLORIELYS VIRGINIA PALENCIA, respectivamente, todos de este domicilio. La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los CATORCE (14) días del mes de MAYO de 2013. Entréguese el presente original y las copias certificadas a la interesada. Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación. Lcda. Adriana Oduber Garvet
La Juez Titular La Secretaria Titular,
Abg. Zenaida Mora de López Abg. Mariela Revilla Acosta
SOL. 081