REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; 30 de Mayo de 2013
Años: 203º y 154º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, distinguida con el Nro. 082-2013, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por la ciudadana: PRICILIA DEL CARMEN REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.639.713, domiciliada en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, asistida en este acto por la abogada en ejercicio MERCELY MARTINEZ, Inpreabogado Nro. 110.159. En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, la Constancia de Zonificación y el Plano de Registro debidamente certificados por el Departamento de Planeamiento Urbano de la Alcaldía del Municipio Miranda del Estado Falcón; que se acompañan a la presente solicitud, este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas DECLARA TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: PRICILIA DEL CARMEN REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.639.713, domiciliada en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, asistida en este acto por la abogada en ejercicio MERCELY MARTINEZ, Inpreabogado Nro. 110.159, sobre Una CASA UBICADA EN LA CALLE 7, NRO. 15-B, DEL BARRIO SAN JOSÉ, EN SANTA ANA DE CORO DE LA JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO FALCÓN, Y ESTÁ COMPRENDIDA DENTRO DE LOS SIGUIENTES LINDEROS: NORTE: CON CASA QUE ES O FUE DEL CIUDADANO JOSÉ RODRÍGUEZ; SUR: CON CASA QUE ES O FUE DE LA CIUDADANA JOSEFINA FIGUEROA; ESTE: CASA Y SOLAR QUE ES O FUE DE LA CIUDADANA: MERVA ARCILA Y; OESTE: SU FRENTE QUE ES LA CALLE 7; EL CUAL OCUPA UNA EXTENSIÓN DE TERRENO MUNICIPAL QUE MIDE CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO CON OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS (468,82M2), Y CIENTO OCHENTA Y SEIS CON CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS (186,52M2) DE SUPERFICIE DE CONSTRUCCIÓN, SEGÚN SE EVIDENCIA DEL PLANO Y CONSTANCIA DE ZONIFICACIÓN EMITIDOS POR LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO FALCÓN. DICHA CASA ESTA CONSTRUIDA CON PAREDES DE BLOQUES FRISADOS, TECHO DE PLATABANDA, PISO DE CERÁMICA, CONSTANTE DE CUATRO (4) HABITACIONES, SALA, COMEDOR, PORCHE, DOS (2) BAÑOS, GARAJE CON TODAS LAS INSTALACIONES SANITARIAS. Asimismo manifiesta la solicitante en su escrito, que el mencionado inmueble tiene un valor de TRESCIENTOS VEINTE MIL BOLÍVARES FUERTES (BS. 320.000,00); dinero que ha sido invertido de su propio peculio y trabajo personal. En virtud de los argumentos de hecho y de derecho antes expuestos, la presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho de este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los Treinta (30) días del mes de Mayo de 2013. El solicitante en este acto solicita dos juegos de copias certificadas, en este acto el Tribunal ordena proveer lo solicitado. Déjese constancia en el Libro Diario de Labores. Entréguese el presente original a la solicitante. Años: 202º y 153º.
La Juez Temporal,
Abg. Zelly Figueroa Quero
La Secretaria Titular,
Abg. Mariela Revilla Acosta
SOL. 082-2013