REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; 06 de MAYO de 2013
Años: 203º y 154º
Por cuanto la parte actora en la presente solicitud, Ciudadano (a): PRICILIA DEL CARMEN REYES, VENEZOLANO (A), MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO. V- 4.639.713, DE ESTE MISMO DOMICILIO, ASISTIDO POR EL ABOGADO MERCELY ARACELIS MARTINEZ DIAZ, INPREABOGADO NRO. 110.159; no dio cumplimento al despacho saneador ordenado en fecha 13/03/2013, y habiendo transcurrido el lapso acordado por este Despacho para subsanar los defectos de los cuales adolece la solicitud; este Tribunal Segundo de Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, DECLARA IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO distinguida con el Nº 047-2013, en nomenclatura llevada por este Juzgado. Y por cuanto no quedan más diligencias que practicar esta juzgadora da por concluido el procedimiento y se ordena devolver la presente solicitud al (la) promovente, en el estado en que se encuentra, constante de ________________ (___) folios útiles. Déjese constancia en el libro diario de labores del Tribunal. CUMPLASE.
Juez Titular,
Abg. Zenaida Mora de López
La Secretaria Titular,
Abg. Mariela Revilla Acosta
T.S. 047