REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 14 DE MAYO DEL 2.013.-
AÑOS: 203º Y 154º


Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: EMIRBA GREGORIA BARRAEZ RIVERO, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.701.784, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en el Sector los Países II de la Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, asistida en este acto por el abogado en ejercicio JUAN CARLOS ANTEQUERA, portador de la cedula de identidad N° 12.182.516, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 154349, con domicilio procesal en la Calle Páez N° 34, de la Población de Churuguara Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: EMIRBA GREGORIA BARRAEZ RIVERO, sobre: Una bienhechuria constante de Una (01) casa de bahareque, piso cemento, techo zinc, Dos (02) habitaciones, cocina, comedor, Un (01) cuarto, Una (01) puerta de madera, Dos (02) ventanas de metal, con un área de construcción que mide TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (34 M2), en una superficie de terrenos Municipales que mide: DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS (274,50 M2), se encuentra ubicado en el Sector los Países II de la Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón. Y tiene los siguientes linderos:
NORTE: Con Calle Principal la Indiana.
SUR: Con Ender Lugo.
ESTE: Con Griselis Torrealba.
OESTE: Con Carmelo Sánchez y Carmen Yedra.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de DIEZ MIL BOLÍVARES (10.000, BS).
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los CATORCE (14) DÍAS DEL MES DE MAYO DEL DOS MIL TRECE. (14-05-2.013) AÑOS: 203° Y 154°.
EL JUEZ.-

ABOG. SIMON RAMIREZ.-
LA SECRETARIA SUPLENTE.

ABOG. REYNA CRYSTYNA LEAL RUJANO.-

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

LA SECRETARIA SUPLENTE.

ABOG. REYNA CRYSTYNA LEAL RUJANO.-