REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 03 DE MAYO DEL 2.013.
AÑOS: 203º Y 154º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: MARY LILIANA BARRIOS CHIRINOS, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.562.949, venezolana, mayor de edad, soltera, de ocupación comerciante, domiciliada en la Calle Sucre entre San José y Soublette diagonal a la plaza Federación, Parroquia Santa Cruz de Bucaral, Municipio Federación, Estado Falcón, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio: EDWARD OLLARVEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.475.235, inscrito en el I.P.S.A bajo el número Nº 181.847, con domicilio procesal en la Urbanización Santa Lucia I, Vereda Bolívar, Casa N° 138 de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, Visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: MARY LILIANA BARRIOS CHIRINOS, sobre: Unas bienhechurias, consta de una casa de habitación familiar que posee las siguientes características. Está construida de bahareque y cemento, piso de cemento, techo de zinc, una (1) habitación, sala, comedor y cocina, dos (02) baños, puertas y ventanas de madera, un (01) caney, sobre un área de una parcela de Terreno Municipal. Dicha construcción tiene un área de CIENTO SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS CUADRADOS (168,30M2). Enclavados en una superficie mayor de Terreno Municipal de CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON VEINTIDOS CENTIMETROS CUADRADOS (475,22M2), siendo sus linderos generales los siguientes:
NORTE: Vía El tigre Los Cogollales.
SUR: Con Propiedad de Angito Palma.
ESTE: Con Propiedad de Miguel Reyes.
OESTE: Con Propiedad de Angito Palma.
La mencionada Bienhechuria tiene un costo de TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES (35.000 BS) La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los TRES (03) DÍAS DEL MES DE MAYO DEL DOS MIL TRECE. (03-05-2.013) AÑOS: 203° Y 154°.
EL JUEZ.
ABG. SIMON RAMIREZ.
LA SECRETARIA SUPLENTE.
ABG. REYNA CRYSTYNA LEAL RUJANO.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA SUPLENTE.
ABG. REYNA CRYSTYNA LEAL RUJANO.