REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 07 DE MAYO DEL 2.013.
AÑOS: 203º Y 154º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: CARLOS EDUARDO GUTIERREZ GRANDA, Titular de la Cédula de Identidad N° V-18.769.804, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en Churuguara, parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, asistido por el abogado en ejercicio JESUS ENRIQUE TORRES T; inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 104.165, con domicilio procesal en Maparari, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: CARLOS EDUARDO GUTIERREZ GRANDA, sobre: unas bienhechurias que se describen: Un (01) Galpón, con paredes de bloques, piso de cemento liso pulido, puertas de metal y ventanas de madera, techo de acerolit, dividida de la siguiente manera, una (01) oficina, un (01) baño, contando con los servicios públicos, como agua y electricidad. Dichas bienhechurias se encuentran en un área de terrenos Municipales de: CIENTO CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON TREINTA Y TRES CENTIMETROS (143,33 Mt2), con un área de construcción de CIENTO CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON TREINTA Y TRES CENTIMETROS (143,33 Mt2), ubicada en la Calle Bermúdez, de la población de Churuguara, parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, comprendido dentro de los siguientes linderos:
NORTE: Con Terrenos de la Familia Sánchez.
SUR: Con Terrenos de la Familia Gutiérrez.
ESTE: Con Terrenos de la Familia Sánchez.
OESTE: Con Calle Bermúdez que es su Frente.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: CIENTO TREINTA MIL BOLIVARES (Bs.130.000, 00)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los SIETE (07) DÍAS DEL MES DE MAYO DEL DOS MIL TRECE. (07-05-2.013) AÑOS: 203° Y 154°.

EL JUEZ.

ABG. SIMÓN RAMIREZ.
LA SECRETARIA SUPLENTE.
ABG. REYNA CRYSTYNA LEAL RUJANO.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

LA SECRETARIA SUPLENTE.

ABG. REYNA CRYSTYNA LEAL RUJANO.