…PÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ACOSTA, SAN FRANCISCO, JACURA Y CACIQUE MANAURE, CON COMPETENCIA EN LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (SERVICIOS PÚBLICOS) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Yaracal, ocho de mayo de dos mil trece.-----------------------------------------------------
Años: 203° y 154°
Vista la anterior solicitud la cual fue admitida por auto de fecha 03 de mayo de 2013, presentada por la ciudadana GREGORIA BARTOLA CORONEL GARCÍA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-15.703.992, domiciliada en Yaracal, Municipio Cacique Manaure, Estado Falcón, asistida por el abogado GABRIEL J. MIRANDA QUERALES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 141.075, en la que requiere le sea decretado TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, sobre unas bienhechurías que ha construido a sus propias expensas, en un lote de terreno de su propiedad, según consta en documento registrado por ante la Oficina de Registro Público de los Municipios Acosta, San Francisco, Jacura y Cacique Manaure del Estado Falcón, anotado bajo el N° 4, folios 19 al 24, Protocolo Primero, Tomo 5, de fecha 09 de abril de 2013, ubicadas en la Cuarta Calle de la Urbanización Ramón Antonio Medina, Yaracal, Municipio Cacique Manaure, Estado Falcón, cuyos linderos, medidas, características, formas de construcción y demás determinaciones especifica la solicitante en el escrito presentado, al cual se le dio entrada bajo el Nº S-1996-2013. Vistas y analizadas las declaraciones rendidas ante este Tribunal por los testigos, ciudadanos DALILA GREGORIA PADILLA MIRANDA y TAINLUN CHANG FUNG, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad números V-13.333.543 y V-17.807.776, domiciliados en Yaracal, Municipio Cacique Manaure, Estado Falcón; …PÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ACOSTA, SAN FRANCISCO, JACURA Y CACIQUE MANAURE, CON COMPETENCIA EN LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (SERVICIOS PÚBLICOS) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Yaracal, ocho de mayo de dos mil trece.--------------------------
Años: 203° y 154°
Vista la anterior solicitud la cual fue admitida por auto de fecha 03 de mayo de 2013, presentada por la ciudadana GREGORIA BARTOLA CORONEL GARCÍA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-15.703.992, domiciliada en Yaracal, Municipio Cacique Manaure, Estado Falcón, asistida por el abogado GABRIEL J. MIRANDA QUERALES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 141.075, en la que requiere le sea decretado TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, sobre unas bienhechurías que ha construido a sus propias expensas, en un lote de terreno de su propiedad, según consta en documento registrado por ante la Oficina de Registro Público de los Municipios Acosta, San Francisco, Jacura y Cacique Manaure del Estado Falcón, anotado bajo el N° 4, folios 19 al 24, Protocolo Primero, Tomo 5, de fecha 09 de abril de 2013, ubicadas en la Cuarta Calle de la Urbanización Ramón Antonio Medina, Yaracal, Municipio Cacique Manaure, Estado Falcón, cuyos linderos, medidas, características, formas de construcción y demás determinaciones especifica la solicitante en el escrito presentado, al cual se le dio entrada bajo el Nº S-1996-2013. Vistas y analizadas las declaraciones rendidas ante este Tribunal por los testigos, ciudadanos DALILA GREGORIA PADILLA MIRANDA y TAINLUN CHANG FUNG, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad números V-13.333.543 y V-17.807.776, domiciliados en Yaracal, Municipio Cacique Manaure, Estado Falcón; habiendo estudiado el caso el Tribunal declara bastantes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana GREGORIA BARTOLA CORONEL GARCÍA, suficientemente identificada, EL DERECHO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre las bienhechurías mencionadas en el escrito de solicitud, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con Resolución número 2009-0006 emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase a la solicitante original de las presentes actuaciones junto con sus resultas. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------
El Juez Provisorio,
Abg. ALVARO LUIS WELMANS GONZÁLEZ
La…
…Secretaria,
Abg. ANA MONTERO ARTEAGA
NOTA: En la misma fecha se devolvió original con sus resultas, constante de cinco (05) folios útiles. Conste.-----------------------------------------------------------------
Secretaría,
EXP. Nº S-1996-2013
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