REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 18/03/2013 se dicta auto dandole entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, constante de 01 folio útil, llevado por ese Juzgado, librado en el Juicio por INTIMACIÓN POR COBRO DE BOLÍVARES, seguido por la ciudadana EBULA E. ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.358.011, y en el que se Decretó MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre Bien propiedad del demandado. Para su fiel y estricto cumplimiento; se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 10/05/2013 se dicta auto Por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido treinta (30) días hábiles de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente Despacho, contándose desde el auto de entrada de fecha 18/03/2013, y como quiera que durante ese tiempo no fue movilizado por la parte interesada; en consecuencia, se ordena su remisión en el estado en que se encuentra, al Tribunal de Origen.
En la misma fecha se remitio al comitente con oficio Nro. 136/2013 constante de 4 folios utiles, sin cumplir por falta de impulso procesal.