REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 14/05/2013 se dicta auto dandole entrada a el Exhorto, emanado del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo constante de 04 folios útiles, copia certificada de la solicitud y el auto de admisión, recibido mediante Oficio Nº 228-2013, de fecha 08/05/2013, relacionada con la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el N° 080-2013, llevado por ese Juzgado, formulada por el ciudadano MANUEL E. CALDERA C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.291.531, debidamente asistido por los Abgs. ÁNGEL A. RUÌZ CH. y HENDRYCK R. ZAVALA M., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 100.540 y 121.271, respectivamente, y en el que exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En de fecha 23/05/2013, se dicta auto proveyendo diligencia y pedimento contenido, suscrita por el ciudadano MANUEL E. CALDERA C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.291.531, debidamente asistido por el Abg. ÁNGEL A. RUÍZ CH., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 100.540, constante de un (01) folio útil.
En virtud de la solicitud formulada, en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y, ordena su traslado y constitución en la sede del Liceo Bolivariano “Esteban Smith Monzón” de esta Ciudad Santa Ana de Coro, Municipio Miranda, estado Falcón, a fin de darle cumplimiento a la evacuación de la Inspección Judicial conferida a este Tribunal Ejecutor de Medidas, fijándose para ello el día 28/05/2013, a las 09:00 a.m. Se ordena habilitar todo el tiempo necesario en la práctica de la misma.
En fecha 28/05/2013 se levanta Acta mediante la cual siendo las nueve horas con cincuenta minutos de la mañana (09:55 a.m.), oportunidad fijada por este Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, a cargo de la Jueza, abogada LEXY J. RODRÍGUEZ QUINTERO, en compañía de su secretaria, abogada INGRID V. GARCÍA M.; se trasladó y constituyó, previa habilitación del tiempo necesario, en la siguiente dirección: Edificio sede del Liceo Bolivariano “Esteban Smith Monzón”, ubicado en la Prolongación Manaure de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón, a solicitud del ciudadano MANUEL ENRIQUE CALDERA COLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.291.531, debidamente asistido en este acto por el Abg. ÁNGEL ALBERTO RUÍZ CHIRINO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 100.540, con la finalidad de darle cumplimiento a la evacuación de la INSPECCIÓN JUDICIAL, presentada por ante el Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, por del ciudadano MANUEL E. CALDERA C., ya identificado. Constituido este Tribunal en la referida ubicación, en la Dirección del Plantel, la Jueza procedió a notificar de la misión del Tribunal al ciudadano Licdo. WILLIANS AMABILI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.492.926, en su condición de Director Encargado de la Institución, previa lectura del Despacho por la Jueza Ejecutora de Medidas. En este estado, este Tribunal Ejecutor de Medidas, procedió a darle cumplimiento a la evacuación de la Inspección Judicial y de seguidas pasa a dejar constancia de los hechos solicitados, que fueron Admitidos y que son determinados en la presente Acta.
En la misma fecha se libro Oficio Nro. 148/2013 remitiéndola al comitente constante de 12 folios útiles, debidamente cumplida.