REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 10/04/2013 se dicta auto dandole entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo constante de folios útiles, copia certificada de la Solicitud y del Auto de Admisión de INSPECCIÓN JUDICIAL, distinguida con el Nº 7905-13, llevado por ese Juzgado, recibido mediante Oficio Nº 2510-210, de fecha 04/04/2013, relacionada con la solicitud formulada por el ciudadano FRANKLIN J. YAGUA C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.479.203, asistido por el Abg. EUDES CAMACHO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 154.298, y en él exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 25/04/2013, se dicta auto proveyendo diligencia y pedimento contenido, suscrita por el ciudadano FRANKLIN J. YAGUA C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.479.203, asistido por el Abg. EUDES CAMACHO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 154.298, constante de un (01) folio útil.
En virtud de la solicitud formulada, en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y, ordena su traslado y constitución en un inmueble ubicado en el Sector Zumurucuare, Calle Zulia entre Calle Páez y Ali Primera de la Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del Estado Falcón, a fin de darle cumplimiento a la evacuación de la Inspección Judicial conferida a este Tribunal Ejecutor de Medidas, fijándose para ello el día 02/05/2013, a las 09:00 a.m. Se ordena habilitar todo el tiempo necesario en la práctica de la misma.
En fecha 02/05/2013 se levanta Acta en el día y hora fijada por este Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, a cargo de la Jueza, abogada LEXY J. RODRÍGUEZ QUINTERO, en compañía de su Secretario Accidental, abogado ZOILO A. GRANDA M.; se trasladó y constituyó, previa habilitación del tiempo necesario, con el ciudadano FRANKLIN JAVIER YAGUA COLINA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº 11.479.203, asistido por el abogado en ejercicio EUDES CAMACHO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 154.298, con la finalidad de darle cumplimiento a la evacuación de la INSPECCIÓN JUDICIAL, presentado por ante el Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, por el ciudadano FRANKLIN JAVIER YAGUA COLINA, antes identificado. Acto seguido, este Juzgado de conformidad con el petitorio del solicitante, se trasladó a un inmueble ubicado en la siguiente dirección: Sector Zumurucuare, Calle Zulia, entre Calles Páez y Alí Primera de la Parroquia San Antonio de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón. Constituido este Tribunal en el referido inmueble, esta Jueza no notifica a ninguna persona de la misión del tribunal por no encontrarse nadie en el sitio a inspeccionar, de igual modo se deja constancia de que el inmueble donde fue constituido el tribunal posee un portón de dos hojas grandes de metal color azul, también se observa que a dicho portón le falta una hoja pequeña que funge como entrada principal al inmueble. En este estado, el solicitante, debidamente asistido por el abg. EUDES CAMACHO, toma el derecho de palabra y expone: “Solicito a usted ciudadana juez se constituya dentro del inmueble y dé cumplimiento a la inspección solicitada en los términos admitidos por el comitente, es todo.” Esta jueza por cuanto lo solicitado no es contrario a la ley y a las buenas costumbres, y teniendo acceso al interior del inmueble procede a evacuar la inspección en los siguientes términos. PRIMERO: Que el solicitante puso a la vista del Tribunal un documento registrado por ante el Registro Publico del Municipio Miranda del Estado Falcón, bajo el Nº 14, Folios 110, del Tomo 13, del Protocolo de Transcripciones Respectivas, en fecha 03 de Abril del 2009, que acredita ser el propietario del referido inmueble. Seguidamente, en cuanto al Particular Primero, esta Jueza deja constancia, En este estado, el solicitante toma el derecho de palabra debidamente asistido del abg. EUDES CAMACHO y expone: “Pongo a la vista de este tribunal documento que me acredita como propietario del referido inmueble, en copias certificadas constante de nueve (9) folios útiles, expedida por el Registro Publico del Municipio Miranda del Estado Falcón en fecha 20/12/2012, Numero de tramite 41.218, inscrito bajo el Nº 14, Folios 110, del Tomo 13, del Protocolo de Transcripciones Respectivas, en fecha 03 de Abril del 2009.” Esta jueza previa lectura del documento lo devuelve al solicitante y se agrega en copias simple a las presentes actuaciones. Seguidamente se dejo constancia de los particuaculares solicitados.
En fecha 07/05/2013 se libro oficio Nro. 131/2013 remitiendola al comitente constante de 20 folios utiles, debidamente cumplida.