REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 15 DE NOVIEMBRE DEL 2.013.
AÑOS: 203º Y 154º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: EULENCIO RAMON MARTINEZ ULACIO, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.332.780, venezolano, mayor de edad, soltero, de Profesión u Oficio Comerciante, domiciliado en la Población de Santa Cruz de Bucaral, Parroquia Santa Cruz, Municipio Unión, Estado Falcón, civilmente hábil, asistido en este acto por el Ciudadano: LUIS EDUARDO CHIRINOS NAVARRO, Abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 168.158, titular de la cédula de identidad N° V-7.350.923, con domicilio procesal en La Calle Páez, casa N° 42, de la población de Churuguara, Municipio Federación Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: EULENCIO RAMON MARTINEZ ULACIO, sobre: unas Bienhechurías constituida por Una (01) casa de bloque, friso por ambas caras, Un (01) baño, Una (01) sala, Dos (02) Cuartos, Una (01) cocina, piso de cemento pulido, techo de zinc, ventanas y puertas de madera, Las bienhechurias ocupan una superficie de, SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS (79,50.M2) de construcción, enclavada en un Área de Terrenos Municipales, constantes de; SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS (79,50.M2), ubicado en la Vía Principal La Alegría, de la Población de Santa Cruz de Bucaral, Parroquia Santa Cruz, Municipio Unión del Estado Falcón. Cuyos linderos son los siguientes:
NORTE: Con Propiedad de Raúl Nelo.
SUR: Con Vía Principal La Alegría.
ESTE: Con Propiedad de Viviano Romero.
OESTE: Con Propiedad de Raúl Nelo.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (50.000, oo BS.)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los QUINCE (15) DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL TRECE. (15 -11-2.013) AÑOS: 203° Y 154°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.-