REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 05 DE NOVIEMBRE DE 2.013.
AÑOS: 203º Y 154º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: ANGEL CUSTODIO MEDINA VASQUEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.691.853, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de oficio Chofer, de este domicilio, asistido en este acto por el abogado en libre ejercicio NELSON JESUS HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V- 11.475.948 inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº V-171.211, con domicilio procesal en la calle San Antonio de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: ANGEL CUSTODIO MEDINA VASQUEZ, sobre: unas bienhechurias constante de: Una (01) Casa construida con paredes de bloque, techo de zinc, piso de concreto, y que consta de tres (03) habitaciones, Una (01) sala, Una (01) cocina, Un (01) comedor, Un (01) baño, enclavada en una parcela de terreno Municipal que mide: MIL QUINIENTOS ONCE METROS CUADRADOS, CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS (1.511,50 M2) y el área de construcción es de CINCUENTA Y OCHO (58) METROS CUADRADOS. Ubicado en la Urbanización Santa Lucia I, Jurisdicción del Municipio Federación del Estado Falcón y comprendida dentro de los siguientes linderos:
NORTE: Con Terrenos de Romer Morillo.
SUR: Con Terrenos de Arcángel Sánchez.
ESTE: Con Calle las Mercedes que es su frente.
OESTE: Con Terreno de Gladis Manzanilla.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los CINCO (05) DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL TRECE. (05-11-2.013) AÑOS: 203° Y 154°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.