REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACION, UNION, BOLIVAR Y
SUCRE DELA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
CON SEDE EN CHURUGUARA, 06 DE NOVIEMBRE DE 2013.-
AÑOS 203º y 154º

Visto el CONVENIMIENTO DE PAGO, presentado por las partes de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, insertada en el folio 13, logrado en la demanda interpuesta por la Ciudadana: EUSTORGIA RAMIREZ DE ARIAS, Venezolana, Mayor de Edad, Casada, Comerciante, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.540.703, Domiciliada en la Calle Nro. 20, Población de San Gabriel, en la Carretera Nacional, vía el Charal, Parroquia el Charal del Municipio Unión del Estado Falcón, asistida en este acto por el Abogado en Ejercicio ORLANDO JOSE VELIZ SOTO, debidamente inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 152.350, con domicilio Procesal en la Calle Nro. 20, Población de San Gabriel, en la Carretera Nacional, vía el Charal, Parroquia el Charal del Municipio Unión del Estado Falcón, por COBRO DE BOLIVARES, por el procedimiento de INTIMACIÓN, en contra del Ciudadano: ENRIQUE RIVERO, Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.475.440, domiciliado en la Calle Washington, casa s/n, Sector el Cerrito, Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, Asistido por el abogado en ejercicio EDWARD OLLARVEZ inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 181.847, con domicilio procesal en la Urbanización Santa Lucia I, Vereda Bolívar casa N° 138, de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón. Este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. No se archiva el presente expediente hasta que no se cumpla lo pactado en el Convenimiento de Pago.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala del despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los SEIS (06) DIAS DE NOVIEMBRE DE AÑO 2013 (06-11-2013).- Años 203º y 154°
EL JUEZ:


ABOG. SIMON RAMIREZ DIAZ.-

LA SECRETARIA.

ABG. KARINA ARCAYA.-


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

LA SECRETARIA.

ABG. KARINA ARCAYA.-

Exp. 608-2013