REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 07 DE NOVIEMBRE DEL 2.013.
AÑOS: 203º Y 154º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: ERANNY ROSALIA LADINO MEDINA, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.956.956, venezolana, mayor de edad, soltera, licenciada en Contaduría Pública, domiciliada en la Calle Democracia, Sector La Sabana, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón. Asistida en este acto por la ciudadana: NANCYS ZEA TORRES, abogada en ejercicio, titular de la cédula de identidad N° V- 3.833.299, debidamente inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 155.787, con domicilio procesal en la calle municipal entre San Rafael y San Antonio, sector La Planta, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón; visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: ERANNY ROSALIA LADINO MEDINA, sobre: Una bienhechuria consiste en una casa que consta de dos (02) habitaciones y una (01) cocina – comedor, una (01) sala baño, un (01) lavadero, construido de paredes de bloques frisados, piso de cemento pulido, techo de asbesto, puertas y ventanas de aluminio y sus servicios de aguas blancas y negras. Con un área de construcción de CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS (42 M2) enclavada en una parcela de Terrenos Municipal con una superficie de DOSCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS CUADRADOS (218,40 m2), ubicada en el Sector La Sabana, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, enmarcada dentro de los siguientes linderos:
NORTE: Con Terreno ocupado por Petra de Roberty.
SUR: Con Calle Democracia.
ESTE: Con Terrenos Ocupados por Rosa Cordero.
OESTE: Con Terrenos Ocupados por Roberto Montero.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: CIENTO SESENTA MIL BOLIVARES (160.000. bs.) La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los SIETE (07) DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL TRECE. (07-11-2.013) AÑOS: 203° Y 154°.
EL JUEZ

ABOG. SIMON RAMIREZ.
LA SECRETARIA

ABOG. KARINA ARCAYA.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

LA SECRETARIA.

ABOG. KARINA ARCAYA.