REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 08 DE NOVIEMBRE DEL 2.013.
AÑOS: 203º Y 154º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: MILAGROS GREGORIA REYES MEDINA, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.978.854, venezolana, mayor de edad, soltera, de Profesión u Oficio Comerciante, domiciliada en la Población El Charal, Parroquia El Charal, Municipio Unión del Estado Falcón, civilmente hábil, asistida en este acto por el Ciudadano: LUIS EDUARDO CHIRINOS NAVARRO, Abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 168.158, titular de la cédula de identidad N° V-7.350.923, con domicilio procesal en La Calle Páez, casa N° 42, de la población de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: MILAGROS GREGORIA REYES MEDINA, sobre: unas Bienhechurías constituida por Una (01) casa de bloque, friso por ambas caras, Un (01) baño, Una (01) sala, Dos (02) cuartos, Una (01) cocina-comedor, Un (01) porche, piso de cemento pulido, techo de Zinc, ventanas y puertas de metal. Las bienhechurias ocupan una superficie de, OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTIMETROS CUADRADOS. (82,60.M2) de construcción, enclavada en un Área de Terrenos Municipales, constantes de; SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (688.00M2). Ubicado en la Calle los Ilustre, de la Población el Charal, Parroquia El Charal, Municipio Unión del Estado Falcón. Cuyos linderos son los siguientes:
NORTE: Con Calle los Ilustres.
SUR: Con Propiedad de Gaudy Medina.
ESTE: Con Propiedad de Roque Medina.
OESTE: Con Propiedad de Dalia Palencia.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (100.000, oo BS.)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los OCHO (08) DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL TRECE. (08 -11-2.013) AÑOS: 203° Y 154°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.-

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA.

ABOG. KARINA ARCAYA.-