República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial




Juzgado del Municipio Mauroa
Circunscripción Judicial del Estado Falcón
Mene de Mauroa; 13 de noviembre de 2013
Años: 203° y 154°

Expediente No. 692-13

Motivo: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD

Solicitantes: ARNOLDO ANTONIO ARCILA LACONCHA, MICHAEL ANDREWS ARCILA LACONCHA Y MARISELA LOURDES ARCILA LACONCHA.

Vista la solicitud de Titulo Supletorio de propiedad, presentada por los ciudadanos ARNOLDO ANTONIO ARCILA LACONCHA, MICHAEL ANDREWS ARCILA LACONCHA Y MARISELA LOURDES ARCILA LACONCHA, venezolanos, mayores de edad, solteros, titular de la cedula de identidad personal Nos. V-18.482.004, V-20.085.527 y V- 21.449.724 respectivamente, domiciliados en el sector Pueblo Viejo de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio MARIOLA LOURDES QUINTERO SANCHEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad personal N°. V-18.152.570 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 138.069 de igual domicilio, mediante la cual solicitan Titulo Supletorio de Propiedad a su favor, sobre una casa, la cual se encuentra estructurada de la siguiente manera: Paredes de bloques, piso de cemento pulido y techo de acerolit; compuesta de: un (01) porche con techo de platabanda, cuatro (04) habitaciones con cielo raso, dos (02) salas sanitarias revestidas con cerámica, una (01) sala, una (01) cocina con mesones revestidos con cerámica, un (01) lavadero, ventanas de aluminio y puertas de hierro y madera. Con un área de construcción de OCHO METROS (8 Mts) DE ANCHO por VEINTICUATRO METROS (24 Mts) DE LARGO para un área total de CIENTO NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS (192 Mts2); construida sobre una parcela de terreno Municipal cuyas medidas son: OCHO METROS (8 Mts) DE ANCHO por VEINTICUATRO METROS (24 Mts) DE LARGO para un área total de CIENTO NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS (192 Mts2). Ubicada en el sector Pueblo Viejo de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón y comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: casa de Zenón Gutiérrez; SUR: Casa de Elio González; ESTE: Deposito de Elio González y OESTE: casa de Jacobo García. Visto igualmente las resultas del oficio N° 0023 de fecha veinticinco (25) de octubre de dos mil trece (2013), emanado de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Mauroa del Estado Falcón, y vista así mismo las declaraciones de las testigos ciudadanas EMILIA DE JESUS GUTIERREZ DE GOMEZ y MARY CARMEN FLORES MARTINEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad personal Nos V-7.472.232 y V-21.212.368 respectivamente, domiciliadas en esta población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, quienes quedaron contestes en afirmar todas y cada una de sus partes los particulares contenidos en dicha solicitud. ESTE TRIBUNAL DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 937 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y AL PRINCIPIO DE TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, CONTENIDO EN EL ARTICULO 26 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, MIENTRAS NO HAYA OPOSICIÓN EN CONTRARIO Y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE PUEDAN CORRESPONDER A TERCEROS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA BASTANTE Y SUFICIENTE DICHAS ACTUACIONES, PARA ASEGURARLES EL DERECHO DE PROPIEDAD SOBRE LA REFERIDA VIVIENDA, con las características, dimensiones, especificaciones y linderos anteriormente descritos y cuyo costo aproximado es de DOSCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 240.000.00), los cuales fueron cancelados por los ciudadanos ARNOLDO ANTONIO ARCILA LACONCHA, MICHAEL ANDREWS ARCILA LACONCHA Y MARISELA LOURDES ARCILA LACONCHA, identificados anteriormente, con dinero de su propio peculio. Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas a los solicitantes ARNOLDO ANTONIO ARCILA LACONCHA, MICHAEL ANDREWS ARCILA LACONCHA Y MARISELA LOURDES ARCILA LACONCHA. Déjese copia de las presentes actuaciones y nota en el libro diario.
Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellado en el Despacho del Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los trece (13) días del mes de noviembre de dos mil trece (2013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.

La…….

…….Jueza provisoria,


Abg. Esp. RUTH M. PIÑA VELASQUEZ

El Secretario,

Abg. ENRIQUE R. GARCIA A.

En la misma fecha de hoy, 13/11/2013, siendo las 2:20 post-meridiem, se publicó la presente Decisión quedando registrada bajo el No. 576-13. Conste.-

El Secretario,

Abg. ENRIQUE R. GARCIA A.