REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 08/07/2013 se dicta auto dándole entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, constante de 01 folio útil, remitido con Oficio Nº 312-2013, de fecha 21/06/2013, relacionado con el Expediente Nº 2072-2011, librado en el Juicio por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMACIÓN), intentado por el Abg. FRANCISCO E. DURAN S., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 154.317, con el carácter de Apoderada Judicial del ciudadano, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° 5.290.032, en contra de la ciudadana CARMEN E. HIGUERA N. venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° 9.520.138, y en el que se Decretó EJECUCIÓN FORZOSA sobre Bienes Muebles propiedad de la Parte Demandada de autos. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 26/11/2013 se dicta auto Por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido noventa (90) días continuos de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente Despacho, contándose desde el auto de entrada de fecha 08/07/2013, y como quiera que durante ese tiempo no fue movilizado por la parte interesada; en consecuencia, se ordena su remisión en el estado en que se encuentra, al Tribunal de Origen.
En la misma fecha se libro oficio Nro. 307/2013 remitiendola al comitente, constante de 4 folios utiles, sin cumplir por falta de impulso procesal.