REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
En fecha 25/09/2013 se dicta auto dandole entrada a el despacho, emanado del Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, constante de 02 folios útiles, relacionado con el Expediente Nº 2388-2013, librado en el Juicio por COBRO DE BOLÍVARES POR VÍA DE INTIMACIÓN, seguido por la ciudadana MAYRA J. TORRES M., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.519.203, asistida por el Abg. NERIO BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 165.789 y en el que se Decretó Medida Embargo preventiva sobre Bienes muebles propiedad de la parte demandada de autos. Para su fiel y estricto cumplimiento: se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 29/11/2013 se dicta auto Por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido treinta (30) días hábiles de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente Despacho, contándose desde el auto de entrada de fecha 25/09/2013, y como quiera que durante ese tiempo no fue movilizado por la parte interesada; en consecuencia, se ordena su remisión en el estado en que se encuentra, al Tribunal de Origen.
En la misma fecha se libro oficio Nro. 315/2013 remitiendola al comitente constante de 5 folios utiles, sin cumplir por falta de impulso procesal.