REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 18 de Noviembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: IP01-P-2010-000761
ASUNTO : IP01-P-2010-000761
SOBRESEIMIENTO POR CUMPLIMIENTO DE LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO
En fecha 20 de Agosto de 2012 este Tribunal decretó la Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano ISAIAS ALBERTO VERA por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el articulo 43 y siguientes del Decreto con rango, valor y fuerza de ley y en consecuencia se le impusieron las siguientes condiciones: 1.- PROHIBICION DE PORTAR ARMAS DE FUEGO y 2.- ASISTIR A LA UNIDAD TECNICA DE APOYO AL SISTEMA PENITENCIARIO. Igualmente se estableció como periodo para el Régimen de Prueba el lapso de Un (01) año vencido dicho lapso se procedió conforme a la norma y se fijó una audiencia para verificar el cumplimiento de la condición.
Dicha audiencia se fijó y se realizó el día 30 de Octubre de 2013, fecha en la cual se realizó la misma.
En dicha audiencia, en presencia del Ministerio Público, la defensa y el imputado se verificó que el mismo cumplió con las condiciones impuestas lo que se verifica por cuanto rielan en el presente asunto penal Informe Inicial e Informe de Finalización suscritos por la Delegada de Prueba de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación del Estado Falcón, donde se deja constancia que el ciudadano acudió a dicha oficina y cumplió favorablemente las condiciones impuestas. Por lo tanto, se consideran cabalmente cumplidas las condiciones.
Verificada el cumplimiento del régimen de prueba y de las condiciones lo ajustado en derecho en decretar el SOBRESEIMENTO del asunto de conformidad con lo estipulado en el artículo 46 del Decreto con rango, valor y fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.-
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO del presente asunto seguido contra el ciudadano ISAIAS ALBERTO VERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.288.833, 52 años de edad, fecha de nacimiento 13-10-1959, con domicilio Calle Sur con callejón Carabobo, casa N° 90B, sector Cruz verde parroquia San Antonio, cerca de la iglesia evangélica Luz del Mundo, estado Falcón, por el efectivo y cabal cumplimiento de la Suspensión Condicional del Proceso, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal y SEGUNDO: DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL en la presente causa, de conformidad con el numeral 7° del artículo 49 del Decreto con rango, valor y fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese, notifíquese y remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente. Cúmplase.-
LA JUEZA CUARTA DE CONTROL (S)
ABG. JANINA CHIRINO HERNANDEZ
LA SECRETARIA
ABG. GABRIELA MORILLO
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