REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 27 de Noviembre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: IP01-P-2011-0001222
ASUNTO : IP01-P-2011-0001222

SOBRESEIMIENTO POR CUMPLIMIENTO DE LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO

En fecha 26 de Mayo de 2011 este Tribunal decretó la Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano RODOLFO JOSE SALAS COLINA por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, de conformidad con lo establecido en el articulo 42 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal (vigente para la fecha) y en consecuencia se le impusieron las siguientes condiciones: Primero: No consumir ningún tipo de drogas, Segundo: Comparecer ante la Unidad Técnica durante el lapso de prueba. Igualmente se estableció como periodo para el Régimen de Prueba el lapso de Un (01) Año vencido dicho lapso se procedió conforme a la norma y se fijó una audiencia para verificar el cumplimiento de la condición.

Dicha audiencia se fijó y se realizó finalmente luego de múltiples diferimientos el día 18 de Noviembre de 2013, fecha en la cual se realizó la misma.

En dicha audiencia, en presencia del Ministerio Público, la defensa y el acusado se verificó el cumplimiento de las obligaciones y se observó que consta en autos Constancias de Informe de Inicio y Finalización favorable del Régimen de Prueba ante la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación de Estado Falcón; aunado al hecho que el ciudadano no presentó registro judicial alguno por el mismo delito. Por lo tanto, se consideran cabalmente cumplidas las condiciones.

Verificada el cumplimiento del régimen de prueba y de las condiciones lo ajustado en derecho en decretar el SOBRESEIMENTO del asunto de conformidad con lo estipulado en el artículo 46 del Decreto con rango, valor y fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.-

DISPOSITIVA

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO del presente asunto seguido contra los ciudadanos RODOLFO JOSE SALAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 28.156.064, de profesión u oficio obrero, domiciliado en Barrio Cruz Verde, calle El Tenis al final del callejón Paraíso, casa No. 24, diagonal al Modulo Policial, de esta ciudad de Coro Estado Falcón, fecha de nacimiento 27-03-1990, de estado civil soltero, por el efectivo y cabal cumplimiento de la Suspensión Condicional del Proceso, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas y SEGUNDO: DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL en la presente causa, de conformidad con el numeral 7° del artículo 49 del Decreto con rango, valor y fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese, notifíquese y remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente. Cúmplase.-
LA JUEZA CUARTA DE CONTROL (S)
ABG. JANINA CHIRINO HERNANDEZ
LA SECRETARIA
ABG. GABRIELA MORILLO