REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 10 DE OCTUBRE DEL 2.013.
AÑOS: 203º Y 154º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: LISBET JANET ALVAREZ BARRIENTO, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.556.253, venezolana, mayor de edad, soltera, de profesión u oficio Comerciante, domiciliada en la Población de Santa Cruz de Bucaral, Parroquia Santa Cruz, Municipio unión, Estado Falcón, civilmente hábil, asistida en este acto por el Ciudadano: LUIS EDUARDO CHIRINOS NAVARRO, Abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 168.158, titular de la cédula de identidad N° V-7.350.923, con domicilio procesal en La Calle Páez, casa N° 42, de la población de Churuguara, Municipio Federación Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: LISBET JANET ALVAREZ BARRIENTO, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.556.253, sobre: unas Bienhechurias constituida por Una (01) Casa de Habitación, Familiar, constante de; Tres (03) cuartos, Un (01) Baño, Una (01) Sala, Una (01) Cocina, Un (01) Comedor, Un (01) Porche, Paredes de bloque, Friso por ambos lados, piso de Cemento pulido, Techo de Acerolit, Ventanas y Puertas de Metal, construidas a mi solas expensas y dinero de mi propio peculio. Las bienhechurias ocupan una superficie de, CIENTO CUATRO METROS CUADRADOS CON CATORCE CENTIMETROS CUADRADOS (104,14.M2), de construcción, mas una segunda construcción en la misma extensión de terrenos, constituida por un local comercial de: VEINTICINCO METROS CUADRADOS (25,00M2) y que esta Estructurada de la siguiente manera, paredes de bloque frisadas por ambos lados, techo de platabanda, piso de cemento Pulido, Ventanas y Puertas de Metal, para un área general de construcción de las dos Bienhechurias de: CIENTO VEINTINUEVE METROS CUADRADOS CON CATORCE CENTIMETROS CUADRADOS, (129,14M2) Enclavadas en un Área de Terrenos Municipales constante de; SETECIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS (730.M2), ubicado en la Avenida 5 de Julio, de la Población de Santa Cruz, Municipio Unión del Estado Falcón. Cuyos linderos son los siguientes:
NORTE: Avenida 5 de Julio.
SUR: Con Propiedad de Rober Bracho.
ESTE: Con Calle Uno.
OESTE: Con Propiedad de Eglee Castillo.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de DOCIENTOS MIL BOLIVARES (200.000, oo BS.)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los DIEZ 10) DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL DOS MIL TRECE. (10-10-2.013) AÑOS: 203° Y 154°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.-