REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 27/05/2013 se dicta auto dándole entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, constante de 01 folio útil, remitido con
Oficio Nº 2510-302, de fecha 21/05/2013, relacionado con el Expediente Nº 2724-13, llevado por ese Tribunal, librado en el Juicio por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), intentado por los Abgs. FRANCISCO A. DUNO S., JULUIMAR C. DUNO S., FRANCISCO J. DUNO S. y, RUBÉN D. VÉLIZ C. inscritos en el Instituto de Previsión del Abogado bajo los Nos. 111.914, 89.820, 132.790 y 148.415, respectivamente, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales, de la ciudadana MILAGRO DE JESÚS CHIRINOS H., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.179.415, y en el que se Decretó Medida de Embargo Preventiva sobre Bienes Muebles propiedad de la parte demandada de autos. Para su fiel y estricto cumplimiento; se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 06/06/2013 se provee la diligencia suscrita por el Abg. FRANCISCO A. DUNO S., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 111.914, actuando con el carácter que consta en autos, constante de un (01) folio útil.
En virtud de la solicitud formulada, este Tribunal provee de conformidad, y ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, a fin de practicar la Medida Preventiva de Embargo, a que se contrae el presente Despacho, fijándose para ello el día acordado, a las 09:00 a.m. Este Tribunal se abstiene de designar como Depositaria Judicial a la Sociedad Mercantil Depositaria Judicial Falcón, C. A., en virtud de información suministrada por la Rectoría Judicial del estado Falcón, mediante Circular Nº 10, de fecha 09/05/2.006, y a solicitud del diligenciante, se designa como Depositario Necesario al ciudadano Licdo. Eliomar J. Navas P., y como Perito Avaluador al ciudadano T.S.U. David D. Ceballo C., a quienes se acuerda notificar; asimismo, se acuerda librar oficio de notificación al Comandante General de la Policía del estado Falcón.
En fecha 14/06/2013 se dicta auto Por cuanto en este Tribunal NO HUBO DESPACHO los días anteriores a que estaba fijada esta medida, en virtud de que la Secretaria Titular de este Tribunal se encontraba de Reposo Médico, se corre en el mismo orden que estaba fijada de acuerdo a la disponibilidad en la agenda interna del Tribunal; en consecuencia, se le fija nueva oportunidad para el día 19/06/2013 a las 09:00 a.m. Se ordena dejar sin efecto Boletas de Notificación librada a los auxiliares designado y oficio de notificación al Comandante General de la Policía del estado Falcón; asimismo se ordena librar Boleta de notificación al Depositario Necesario ciudadano Licdo. Eliomar J. Navas P., y se designa como Perito Avaluador al ciudadano Ing. Alirio L. Puche N., de igual forma se ordena librar oficio de notificación al Comandante General de la Policía del estado Falcón.
En fecha 19/06/2013 se dicta auto proveyendo diligencia suscrita por el Abg. FRANCISCO A. DUNO S., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 111.914, actuando con el carácter que consta en autos, solicita a este Tribunal en virtud de las razones expuestas en su diligencia, se fije nueva oportunidad para la práctica de la Medida de Embargo Preventivo.
En virtud de la solicitud formulada, este Tribunal provee de conformidad, y ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, a fin de practicar la Medida Preventiva de Embargo, a que se contrae el presente Despacho, fijándose para ello nueva oportunidad para el día acordado, a las 09:00 a.m. Se ordena dejar sin efecto Boletas de Notificación librada a los auxiliares designado y oficio de notificación al Comandante General de la Policía del estado Falcón; asimismo se ordena librar Boleta de notificación a los Auxiliares de Justicia previamente designado, de igual forma se ordena librar oficio de notificación al Comandante General de la Policía del estado Falcón..
En fecha 02/07/2013 se dicta auto Por cuanto en este Tribunal NO HUBO DESPACHO los días anteriores, en virtud de que la Secretaria Titular de este Tribunal le fue practicada intervención quirúrgica del Túnel Carpiano de mano derecha, se corre en el mismo orden que estaba fijada de acuerdo a la disponibilidad en la agenda interna del Tribunal; en consecuencia, se le fija nueva oportunidad para el día acordado
a las 09:00 a.m.
En fecha 09/10/2013 se dicta auto Por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido treinta (30) días hábiles de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente Despacho, contándose desde la fecha de la última actuación 03/07/2013, y como quiera que durante ese tiempo no fue movilizado por la parte interesada; en consecuencia, se ordena su remisión en el estado en que se encuentra, al Tribunal de Origen.
En la misma fecha se libro oficio Nro. 255/2013 remitiendola al comitente constante de 29 folios utiles, sin cumplir por responsabilidad de la parte.