REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 21 de Octubre de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: IP01-P-2011-000245
ASUNTO : IP01-P-2011-000245
SOBRESEIMIENTO POR CUMPLIMIENTO DE LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO
En fecha 10 de Abril de 2013 este Tribunal decretó la Suspensión Condicional del Proceso a la ciudadana ALEXANDRA JOSEFINA NOGUERA GUANIPA por la presunta comisión del delito de DAÑO A INSTITUCIONES PUBLICAS previsto y sancionado en el artículo 473 numeral 3 del Código Penal Venezolano, de conformidad con lo establecido en el articulo 43 y siguientes del Decreto con rango, valor y fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se le impusieron las siguientes condiciones: 1.- Asistir a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. 2.- Mantenerse activo laboralmente. Igualmente se estableció como periodo para el Régimen de Prueba el lapso de Seis (06) Meses vencido dicho lapso se procedió conforme a la norma y se fijó una audiencia para verificar el cumplimiento de la condición.
Dicha audiencia se fijó y se realizó el día 14 de Octubre de 2013, fecha en la cual se realizó la misma.
En dicha audiencia, en presencia del Ministerio Público, la defensa y la acusada se verificó que la acusada se mantuvo activa laboralmente tal como consta en Constancia de Trabajo. Así mismo, consta en autos Constancia de Finalización favorable del Régimen de Prueba ante la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación de Estado Falcón. Por lo tanto, se consideran cabalmente cumplidas las condiciones.
Verificada el cumplimiento del régimen de prueba y de las condiciones lo ajustado en derecho en decretar el SOBRESEIMENTO del asunto de conformidad con lo estipulado en el artículo 46 del Decreto con rango, valor y fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.-
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO del presente asunto seguido contra la ciudadana ALEXANDRA JOSEFINA NOGUERA GUANIPA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad 9.521.987, 47 años de edad, fecha de nacimiento 26 de Octubre de 1966, con domicilio Calle Brión, numero 07, entre calles federación y Colon, Municipio Miranda, de la Ciudad de Coro, Estado Falcón, por el efectivo y cabal cumplimiento de la Suspensión Condicional del Proceso, por la comisión del delito de DAÑO A INSTITUCIONES PUBLICAS previsto y sancionado en el artículo 473 numeral 3 del Código Penal Venezolano y SEGUNDO: DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL en la presente causa, de conformidad con el numeral 7° del artículo 49 del Decreto con rango, valor y fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese, notifíquese y remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente. Cúmplase.-
LA JUEZA CUARTA DE CONTROL (S)
ABG. JANINA CHIRINO HERNANDEZ
LA SECRETARIA
ABG. GABRIELA MORILLO
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