REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 18 DE SEPTIEMBRE DEL 2.013.
AÑOS: 203º Y 154º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: MERCEDES LORENZO GARCIA, Titular de la Cédula de Identidad N° V-6.983.919, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en el Sector 14 de Octubre, calle San Juan Bautista casa S/N de la Parroquia Churuguara, Municipio Federación, Estado Falcón, asistido en este acto por la Abogada en ejercicio RAMONA ENCARNACION GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° V-9.509.768, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 160.951, con domicilio procesal en la Calle Municipal entre San Rafael y San Antonio sector la Planta, Parroquia Churuguara, Municipio Federación Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: MERCEDES LORENZO GARCIA, sobre: una bienhechuría que consiste en una (01) Casa de Bahareque, techo de zinc, piso de cemento, la cual posee las siguientes características: Una sola pieza compartida en una (01) habitación y cocina, un (01) baño con pozo séptico, ocupa una superficie de TREINTA Y SEIS CUADRADOS (36M2), enclavadas en una parcela de terreno Municipal de CIENTO TREINTA Y DOS METROS CON CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (132,05M2); ubicado en la calle San Juan Bautista casa S/N sector 14 de Octubre de la Parroquia Churuguara, Municipio Federación, Estado Falcón. Cuyos linderos son los siguientes:
NORTE: Con Liliana Romero.
SUR: Con Francisco Grimar.
ESTE: Con Callejón San Juan Bautista.
OESTE: Con Calle San Juan Bautista.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (20.000, oo BS.)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los DIECIOCHO (18) DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL TRECE. (18-09-2.013) AÑOS: 203° Y 154°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
EL SECRETARIO ACCIDENTAL.
JUAN CARLOS BELLO P.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL.
JUAN CARLOS BELLO P.-