REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL L.O.P.N.A EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Ejecución Sección Penal Adolescentes
Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 27 de Septiembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2013-000136
ASUNTO : IV01-P-2013-000007

RESOLUCIÓN IMPOSICIÓN DE CÓMPUTO (PRIVADO DE LIBERTAD

El día 09 de Septiembre año 2013, oportunidad fijada para llevarse a efecto la Audiencia Oral de Imposición de la Sanción dictada por el Por el Tribunal Primero de Control de la Sección Penal Adolescente de esta Circunscripción Judicial de este Estado Falcón, al Joven IDENTIDAD OMITIDA, quien se encuentra Privado de su Libertad en razón de cumplir con la sanción dictada por el referido Tribunal la cual consiste en Un año (01) de Privativa de Libertad y Un año de Reglas de Conducta por estar incurso en la comisión del delito de Robo Agravado Previsto y Sancionado en el Artículos 458 del Código Penal en concordancia con el articulo 628 de la ley Orgánica para la Protección de niño niña y adolescente en Perjuicio de la ciudadana Yolenny Herrera García
Ahora bien por cuanto el adolescente debe conocer el Cómputo definitivo de la sanción a cumplir de conformidad con el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente Se procedió a imponer de la sanción al Precitado adolescente en relación a la sanción de Privativa de Libertad por el lapso de Un año (01) sanción que le fue dictada en fecha 28 de Junio del 2013, por lo que ha cumplido al dia 09 de Septiembre del 2013 fecha de la realización de la audiencia de impocision Cuatro (04) Meses y Veintidós (22) días Privado de su libertad por lo que le faltan por cumplir Siete Meses (07) meses y Ocho días de la Sanción ya Impuesta la cual culmina en fecha 18 de Abril del 2014
DISPOSITIVA
Este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone Joven IDENTIDAD OMITIDA,, quien se encuentra Privado de su Libertad en razón de cumplir con la Sanción dictada por el referido Tribunal la cual consiste en Un Año (01) de Privativa de Libertad, por estar incurso por estar incurso en la comisión del delito de Robo Agravado Previsto y Sancionado en el Artículos 458 del Código Penal en concordancia con el articulo 628 de la ley Orgánica para la Protección de niño niña y adolescente en Perjuicio de la ciudadana Yolenny Herrera García, a quien se le informo que ha cumplido al dia 09 de Septiembre del 2013 fecha de la realización de la audiencia de impocision Cuatro (04) Meses y Veintidós (22) días Privado de su libertad por lo que le faltan por cumplir Siete Meses (07) meses y Ocho días de la Sanción ya Impuesta la cual culmina en fecha 18 de Abril del 2014 , así mismo se le informo que seria impuesto de la sanción de Reglas de Conducta una vez Cumplida la Privativa de Libertad en consecuencia Remítase copia Certificada de la presente Resolución a la Entidad de atención para Varones sitio de reclusión del Adolescente, así como a todas las Partes.


La Jueza Titular de Ejecución
Sección Penal adolescente
Abg. Enialina Ruiz O
El Secretario
Abg. Cecilia Perozo