REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE






JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO FALCÓN


EXPEDIENTE Nº: 5605.


DEMANDANTE: LOURDES BEATRIZ BARBOZA DE GUTIERREZ, cédula de identidad N° 4.747.841.

APODERADO: CARLOS ALBERTO LA CRUZ ALASTRE, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado 29.226

DEMANDADO: JOSÉ CARLOS MARQUEZ VIEIRA, cédula de identidad N° 5.571.112.

APODERADOS: FRANCISCO MARQUEZ y ALEXIS FANEITE, abogados, en ejercicio, inscrito en el Inpreabogados 2.618 y 81.359, respectivamente.

MOTIVO: DESALOJO


En el día de despacho de hoy 24 de abril de 2014, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y publica, con motivo de la apelación ejercida por el abogado ALEXIS JESÚS FANEITE PERDOMO, Inpreabogado 81.359, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE CARLOS MARQUEZ VIEIRA, cédula de identidad N° 5.571.112, contra la sentencia de fecha 13 de marzo de 2014, dictada por el juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con motivo del juicio de desalojo de inmueble seguido por la ciudadana LOURDES BEATRIZ BARBOZA DE GUTIÉRREZ, cédula de identidad N° 4.747.841, contra el apelante. Se anuncio el acto, no compareciendo ninguna de las partes al mismo. Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, y por aplicación analógica del encabezamiento del artículo 117 de la Ley Para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, se DECLARA DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por el abogado ALEXIS JESÚS FANEITE PERDOMO, Inpreabogado 81.359, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE CARLOS MARQUEZ VIEIRA, cédula de identidad N° 5.571.112, contra la sentencia de fecha 13 de marzo de 2014, dictada por el juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con motivo del juicio de desalojo de inmueble seguido por la ciudadana LOURDES BEATRIZ BARBOZA DE GUTIÉRREZ, contra el apelante; y así se decide.
En consecuencia, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por el abogado ALEXIS JESÚS FANEITE PERDOMO, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE CARLOS MARQUEZ VIEIRA, contra la sentencia de fecha 13 de marzo de 2014, dictada por el juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Se condena en costas a la recurrente, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión y remítase el expediente en su oportunidad al Tribunal de la causa.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, el día de hoy, veinticuatro (24) de abril de dos mil catorce (2014), en la ciudad de Santa Ana de Coro del estado Falcón. Años: 204º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Jueza Temporal
(Fdo)
Abg. ANAID HERNANDEZ ZAVALA.
La Secretaria Temporal
(Fdo)
Abg. YELIXA TORRES BRIZUELA.

Nota: La anterior decisión se dictó y publicó en su fecha 24/4/14, a la hora de las diez y veinte de la mañana (10:20 a.m.). Se dejó copia certificada en el libro copiador de sentencias. Conste. Coro. Fecha Ut-Supra.
La Secretaria Temporal
(Fdo)
Abg. YELIXA TORRES BRIZUELA.

Sentencia N° 075-A-24-4-14.-
AHZ/yelixa .-
Exp. Nº 5605.
ES COPIA FIEL Y EXACTA A SU ORIGINAL.