REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 03/02/2014 se dicta auto dandole entrada a el Exhorto, emanado del Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, anexo constante de 05 folios útiles, copia certificada de la solicitud y del auto de admisión, recibido mediante Oficio Nº 020-2014, de fecha 27/01/2014, relacionado con la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el Nº 08-2014, llevado por ese Juzgado, formulada por el ciudadano NELSON GARCÍA VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.285.193, asistido por el ABG. FERNANDO YVAN PIRELA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.838; y en él exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 11/04/2014 se dicta auto Por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido treinta (30) días hábiles de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento de la presente Inspección Judicial, contándose desde el auto de entrada de fecha 03/02/2014, y como quiera que durante ese tiempo no fue movilizado por la parte interesada; en consecuencia, se ordena su remisión en el estado en que se encuentra, al Tribunal de Origen