REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
En fecha 06/02/2014 se dicta auto dandole entrada a el Exhorto, emanado del Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, anexo constante de 03 folios útiles, copia certificada de la solicitud y del auto de admisión, recibido mediante Oficio Nº 019-2014, de fecha 27/01/2014, relacionado con la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el Nº 07-2014, llevado por ese Juzgado, formulada por el ciudadano TAYSIR JIHAD ATTA, venezolano, mayor de edad, titular de las cedula de identidad Nº 23.680.623, asistido por el abogado ANGEL ALBERTO RUIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.540, y en él exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 11/04/2014 se dicta auto Por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido treinta (30) días hábiles de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento de la presente Inspección Judicial, contándose desde el auto de entrada de fecha 06/02/2014, y como quiera que durante ese tiempo no fue movilizado por la parte interesada; en consecuencia, se ordena su remisión en el estado en que se encuentra, al Tribunal de Origen.
En la misma fecha se libro oficio Nro. 102/2014 remitiendola al comitente constante de 06 folios utiles, sin cumplir por falta de impulso procesal.