REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 21/02/2014 se dicta auto dandole entrada al Exhorto, emanado del Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo constante de 06 folios útiles, copia certificada de la solicitud y del auto de admisión, recibido mediante Oficio Nº 2510-73, de fecha 18/02/2014, relacionado con la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el Nº 8.104-2.014, llevado por ese Juzgado, formulada por el abogado OTTO SÁNCHEZ NAVEDA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 8.298, Apoderado Judicial de los ciudadanos LUIS ALONSO GUTIÉRREZ CORDERO y ELIZABETH CAROLINA VUILLEUMIER DE GUTIÉRREZ, venezolanos, mayores de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.514.840 y 10.704.402, respectivamente, y en él exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 26/03/2014 se dicta auto proveyendo diligencia y pedimento contenido, suscrito por el abogado OTTO SÁNCHEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 8.298, quien actúa con el carácter que consta en autos, constante de 01 folio útil.
En virtud de la solicitud formulada, este Tribunal provee de conformidad y, ordena su traslado y constitución en la siguiente dirección: Urbanización Casa del Campo, Avenida Chema Saer, al lado del elevado Sector Las Eugenias, Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del estado Falcón; a fin de darle cumplimiento a la evacuación de la Inspección Judicial conferida a este Tribunal Ejecutor de Medidas, fijándose para ello el día 15/04/2014, a las 02:00 p.m. Se ordena habilitar todo el tiempo necesario en la práctica de la misma.
En fecha 22/04/2014 se levanta Acta mediante la cual, siendo las nueve horas con veintidós minutos de la mañana (09:22 a.m.), día y hora fijada por este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, a cargo de la Jueza, abogada LEXY J. RODRÍGUEZ QUINTERO, en compañía de su secretaria, abogada INGRID V. GARCÍA M.; se trasladó y constituyó, previa habilitación del tiempo necesario, en compañía del Abg. OTTO RAFAEL SÁNCHEZ NAVEDA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 8.298, actuando en su condición de Apoderado Judicial de los ciudadanos LUIS ALONSO GUTIÉRREZ CORDERO y ELIZABETH CAROLINA VUILLEUMIER DE GUTIÉRREZ, venezolanos, mayores de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.514.840 y 10.704.402, respectivamente, con la finalidad de darle cumplimiento a la evacuación de la INSPECCIÓN JUDICIAL, presentado por ante el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anteriormente Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, por el Abg. OTTO RAFAEL SÁNCHEZ NAVEDA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 8.298, con el carácter antes expresado. Se deje constancia que, este Tribunal también se hace acompañar del ciudadano T.S.U. DAVID D. CEBALLO C., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.746.194, se designa como Experto para la práctica de la presente Inspección Judicial, quien estando acepta el cargo recaído en su persona y tomado el juramento de Ley, jura cumplir fielmente con los deberes inherentes para el cual ha sido designado. Acto seguido, este Juzgado de conformidad con el petitorio del solicitante, se trasladó a la siguiente dirección: Urbanización Casa del Campo, Avenida Chema Saher, al lado del elevado Sector Las Eugenias, Parroquia San Antonio, de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón, inicialmente, en la parcela Nro. 5, donde este Tribunal procedió a notificar a la ciudadana IVONNE DEL CARMEN DURAN CASTELLANO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V-3.693.816, a quien se le impuso de la misión del Tribunal, quien manifiesta que es la suegra del señor quien es dueño del inmueble donde este Tribunal esta constituido, quien es esposo de su hija. En este estado este Tribunal Ejecutor de Medidas, procedió a dejar constancia de los hechos solicitados en esta Inspección, que fueron Admitidos y que son plasmados en la presente Acta.
En el día de hoy, martes veintidós (23) de abril del año dos mil catorce (2014), siendo las nueve horas con veintidós minutos de la mañana (09:22 a.m.), día y hora fijada por este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, a cargo de la Jueza, abogada LEXY J. RODRÍGUEZ QUINTERO, en compañía de su secretaria, abogada INGRID V. GARCÍA M.; se trasladó y constituyó, previa habilitación del tiempo necesario, en compañía del Abg. OTTO RAFAEL SÁNCHEZ NAVEDA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 8.298, actuando en su condición de Apoderado Judicial de los ciudadanos LUIS ALONSO GUTIÉRREZ CORDERO y ELIZABETH CAROLINA VUILLEUMIER DE GUTIÉRREZ, venezolanos, mayores de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.514.840 y 10.704.402, respectivamente, con la finalidad de darle cumplimiento a la evacuación de la INSPECCIÓN JUDICIAL, presentado por ante el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anteriormente Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, por el Abg. OTTO RAFAEL SÁNCHEZ NAVEDA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 8.298, con el carácter antes expresado. Se deje constancia que, este Tribunal también se hace acompañar del ciudadano T.S.U. DAVID D. CEBALLO C., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.746.194, se designa como Experto para la práctica de la presente Inspección Judicial, quien estando acepta el cargo recaído en su persona y tomado el juramento de Ley, jura cumplir fielmente con los deberes inherentes para el cual ha sido designado. Acto seguido, este Juzgado de conformidad con el petitorio del solicitante, se trasladó a la siguiente dirección: Urbanización Casa del Campo, Avenida Chema Saher, al lado del elevado Sector Las Eugenias, Parroquia San Antonio, de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón, inicialmente, en la parcela Nro. 18, donde este Tribunal procedió a dar los toques de Ley y no hay nadie, en consecuencia no se practica la inspeccion y se reconstituye a su sede natural.