República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial




Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón,
Mene de Mauroa; 24 de abril de 2014
Años: 203° y 155°

Expediente: No. 727-14

Motivo: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD.

Solicitante: ANGEL JAVIER NAVAS FRANCO.

Vista la solicitud de Titulo Supletorio de propiedad, presentada por el ciudadano ANGEL JAVIER NAVAS FRANCO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad personal N° V-14.449.989, domiciliado en el sector La Cuchara, parroquia Casigua del Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio BIAJAIRO FERRER MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°-V-3.703.261 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.633 domiciliado en la parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, mediante la cual solicita Titulo Suficiente de Propiedad a su favor, sobre una casa destinada para vivienda familiar, la cual se encuentra estructurada de la siguiente manera: paredes de bloques, pisos de cemento y techo de zinc; compuesta de: Un (01) porche, una (01) sala, dos (02) cuartos con closet, una (01) sala de baño y una (01) cocina. Con un área de construcción de aproximadamente SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMETROS (75,84 Mts2), construida sobre una parcela de terreno Municipal cuyas medidas son: CINCO MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y DOS CENTIMETROS (5.419,72 Mtrs2), ubicada en el sector La Cuchara, parroquia Casigua del Municipio Mauroa del Estado Falcón y comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Hacienda Norberto Hernández; SUR: Vía principal; ESTE: Hacienda Norberto Hernández y OESTE: Terreno de José Ramón Sangronis. Visto igualmente las resultas del oficio N° 0005 de fecha once (11) de abril de dos mil catorce (2014) emanado de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Mauroa del Estado Falcón, y vista así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos ASCENCIÓN MARIA CALDERA BRACHO y LUIS JOSE NAVEDA CHIRINOS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad personal Nos V-5.297.617 y V-15.095.952 respectivamente, domiciliados en el sector La Cuchara, parroquia Casigua del Municipio Mauroa del Estado Falcón, quienes quedaron contestes en afirmar todas y cada una de sus partes los particulares contenidos en dicha solicitud. ESTE TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 937 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y AL PRINCIPIO DE TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, CONTENIDO EN EL ARTICULO 26 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, MIENTRAS NO HAYA OPOSICIÓN EN CONTRARIO Y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE PUEDAN CORRESPONDER A TERCEROS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA BASTANTE Y SUFICIENTE DICHAS ACTUACIONES, PARA ASEGURAR AL CIUDADANO ANGEL JAVIER NAVAS FRANCO EL DERECHO DE PROPIEDAD SOBRE LA REFERIDA VIVIENDA, con las características, dimensiones, especificaciones y linderos anteriormente descritos y cuyo costo aproximado es de DOSCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 240.000,00), los cuales fueron cancelados por el ciudadano ANGEL JAVIER NAVAS FRANCO, identificado anteriormente, con dinero de su propio peculio. Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas al solicitante ANGEL JAVIER NAVAS FRANCO. Déjese copia de las presentes actuaciones y nota en el libro diario.

Publíquese y Regístrese, Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los veinticuatro (24) días del mes de abril de dos mil catorce (2014). Años: 203° de la Independencia y 155° de la Federación.

La Jueza provisoria,


Abg. Esp. RUTH M. PIÑA VELASQUEZ




La ……..
……Secretaria,


Abg. CILENIZ TIGRERA.

En la misma fecha de hoy, 24/04/2014, siendo la once y tres (11:03) antes-meridiem, se publicó la presente decisión quedando registrada bajo el No.617-14. Conste.-

La Secretaria,


Abg. CILENIZ TIGRERA.