República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial




Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón,
Mene de Mauroa; 14 de agosto de 2014
Años: 204° y 155°


Expediente: No. 753-14

Motivo: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD.

Solicitante: JAVIER JOSE GONZALEZ BERMUDEZ. Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad personal N° V-12.587.813, domiciliado en la calle La Línea, sector Pueblo Viejo de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón.

Abogada Asistente: MARIOLA LOURDES QUINTERO SANCHEZ, titular de la cedula de identidad personal N° V-18.152.570 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 138.069, domiciliada en la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón.

Vista la solicitud de Titulo Supletorio de propiedad, presentada por el ciudadano JAVIER JOSE GONZALEZ BERMUDEZ. Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad personal N° V-12.587.813, domiciliado en la calle La Línea, sector Pueblo Viejo de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio MARIOLA LOURDES QUINTERO SANCHEZ, titular de la cedula de identidad personal N° V-18.152.570 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 138.069, de igual domicilio, mediante la cual solicita Titulo Suficiente de Propiedad a su favor, sobre una casa de habitación de dos plantas, la cual se encuentra estructurada de la siguiente manera: paredes de bloques, techo de platabanda y piso de cerámica; compuesta de: En el piso inferior: Estructura en concreto con bases y vigas de soporte. En el piso superior: Un (01) porche, una (01) sala de recibo, dos (02) habitaciones, una (01) cocina, dos (02) salas sanitarias revestidas en cerámica, puertas de hierro y madera, ventanas de hierro y vidrio, cercada con alambres de púas y estantillos de madera. Con un área de construcción de aproximadamente SIETE (07) METROS DE ANCHO por NUEVE (09) METROS DE LARGO para un área total de SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS (63 Mts2), construida sobre una parcela de terreno Municipal cuyas medidas son las siguientes: SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (648 Mts2.) ubicada en el sector Pueblo Aparte de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa de Ezequiel Chirinos; SUR: Casa que es o fue de Pantaleón Mellado; ESTE: Terreno que es o fue de Pantaleón Mellado y OESTE: Carretera Pública. Visto igualmente las resultas del oficio N° 0019 de fecha quince (15) de julio de dos mil catorce (2014) emanado de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Mauroa del Estado Falcón, y vista así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos AMALIA ROSARIO YSEA GARCES y JOEL ANTONIO GRATEROL BETANCOURT, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad personal Nos V-11.141.964 y V-5.290.615 respectivamente, domiciliados en la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, quienes quedaron contestes en afirmar ,todas y cada una de sus partes los particulares contenidos en dicha solicitud. ESTE TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 937 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y AL PRINCIPIO DE TUTELA JUDICIAL EFECTIVO, CONTENIDO EN EL ARTICULO 26 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, MIENTRAS NO HAYA OPOSICIÓN EN CONTRARIO Y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE PUEDAN CORRESPONDER A TERCEROS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA BASTANTE Y SUFICIENTE DICHAS ACTUACIONES, PARA ASEGURAR AL CIUDADANO JAVIER JOSE GONZALEZ BERMUDEZ EL DERECHO DE PROPIEDAD SOBRE LA REFERIDA VIVIENDA, con las características, dimensiones, especificaciones y linderos anteriormente descritos y cuyo costo aproximado es de DOSCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 240.000,00), los cuales fueron cancelados por el ciudadano JAVIER JOSE GONZALEZ BERMUDEZ, identificado anteriormente, con dinero de su propio peculio. Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas al solicitante JAVIER JOSE GONZALEZ BERMUDEZ. Déjese copia de las presentes actuaciones y nota en el libro diario.

Publíquese y Regístrese, Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los catorce (14) días del mes de agosto de dos mil catorce (2014). Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.

La Jueza provisoria,


Abg. Esp. RUTH M. PIÑA VELASQUEZ

La Secretaria,


Abg. CILENIZ TIGRERA.

En la misma fecha de hoy, 14/08/2014, siendo las nueve y veinticinco (9:25 am) antes-meridiem, se publicó la presente decisión quedando registrada bajo el No.647-14. Conste.-

La Secretaria,


Abg. CILENIZ TIGRERA.